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Funcionarios de la 4T donarán aguinaldo para fondo covid: AMLO

Este aguinaldo también se dará a pensionados y personal contratado por honorarios; se puede extender hasta 40 días de acuerdo con el sueldo percibido

Escrito en NACIÓN el

El presidente Andrés Manuel López Obrador manifestó que los altos funcionarios podrán donar de manera voluntaria sus aguinaldos para constituir un fondo que servirá para atender la pandemia de covid-19 en México.

López Obrador aseguró que sólo él se quedará sin recibir aguinaldo este año.

En conferencia mañanera, el mandatario mexicano destacó que “todos van a recibir, todos los servidores públicos, pero los altos funcionarios van a recibir menos, voluntariamente si ellos desean aportar; y el caso del Presidente es el único que no va a recibir”.

Destacó que algunos funcionarios estuvieron de acuerdo en donar su aguinaldo o parte de él, por lo que se emitió un decreto “para cumplir con los procedimientos legales y se estableció para los altos funcionarios una disminución, es voluntario; es realmente para los de mero arriba y es un asunto de formalidad, de legalidad, que queremos cumplir, pero los trabajadores, todos tienen su aguinaldo completo”.

“El de más alto rango le toca menos, empezando por el Presidente; es una fórmula, sólo el Presidente no va a tener aguinaldo. Sí va a haber aguinaldo para todos. Sólo los de mero arriba van a recibir menos aguinaldo, pero sí van a tener, y es voluntario además. Esto tiene que ver con el fondo que se está reuniendo”, dijo.

 

ESTO DICE EL DECRETO PRESIDENCIAL

 

Los servidores públicos por honorarios y pensionistas recibirán un aguinaldo de al menos 20 días y no de 40 días como por ley se establece, de acuerdo con un decreto publicado por el presidente Andrés Manuel López Obrador en la Diario Oficial de la Federación.

El Artículo 42 Bis de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado establece que los servidores públicos cuya relación jurídica de trabajo se regula por esa Ley tienen derecho a un aguinaldo anual equivalente a 40 días de salario, cuando menos, sin deducción alguna. Se deberá pagar el 50 por ciento antes del 15 de diciembre y el otro 50 por ciento a más tardar el 15 de enero.

El decreto publicado este jueves ordena que sea de 20 días de salario el monto del aguinaldo para el personal de nivel de enlace y de mando de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal, así como al personal del Servicio Exterior Mexicano que se encuentra en funciones en territorio nacional.

"A los que se refiere el artículo Cuarto, fracción II, inciso b), de este Decreto, el aguinaldo será de veinte días, sobre la base de cálculo de los sueldos y salarios autorizados, mismo que se incrementará hasta alcanzar un máximo de cuarenta días, sobre la misma base de cálculo, en los niveles que menor percepción tengan en el tabulador de sueldos y salarios", se lee en el decreto. 


El decreto señala que podrá recibir este aguinaldo personas que prestan sus servicios mediante contrato de honorarios, personal operativo de confianza, personal de enlace y mando, además del Servicio Exterior Mexicano y personal militar en activo.

También a personas que reciben pensiones de retiro: militar, civil, de gracia y deudos de dichas personas a quienes se les haya otorgado una pensión del ISSSTE o con cargo al erario federal.

A las personas mencionadas anteriormente se les otorgará un aguinaldo que irá de veinte a cuarenta días de aguinaldo máximo, en la medida que perciban un menor salario de acuerdo con el tabulador de sueldos y salarios.

Este aguinaldo deberá entregarse de forma directa a los interesados y en el caso de los pensionistas el monto podrá cubrirse por medio de sus apoderados.

El 23 de abril de 2020, fue publicado en el DOF un decreto donde se señala que altos funcionarios públicos no tendrán aguinaldos ni ninguna otra prestación de fin de año.

El decreto emitido por el presidente López Obrador señalaba diversas acciones “ante la crisis mundial del modelo neoliberal”, como la reducción progresiva del salario de altos funcionarios y el no ejercer el 75% de presupuesto disponible de las partidas de servicios generales, materiales y suministros.

¿QUIÉNES NO TENDRÁN DERECHO A AGUINALDO?

De acuerdo con el Diario Oficial de la Federación, las personas físicas contratadas bajo el régimen de honorarios especiales conforme al Clasificador por Objeto del Gasto para la Administración Pública Federal, así como aquéllas a las que se cubran percepciones por cualquier concepto no previsto en el artículo Quinto de este Decreto o en los lineamientos específicos y normativa a que esos preceptos se refieren, y II. Asimismo, tampoco contarán con esta prestación los trabajadores que refieren los convenios de coordinación técnica de enseñanza con las entidades federativas.

cmo