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Publican protocolo sobre uso de fuerza de la Policía Federal

Despúes de que cuatro muertes en Nochixtlán fueran atribuidas a la Policía Federal, este protocolo define el nivel de actuación de los elementos

Escrito en NACIÓN el

En el Diario Oficial de la Federación, la Secretaría de Gobernación publicó el Protocolo de Actuación de la Policía Federal sobre el Uso de la Fuerza. 

En este se establecen parámetros y condiciones para los integrantes de la Policía Federal. Los cual ratifica parámetros y condiciones mínimas para definir el uso de las técnicas, tácticas, armas, equipo y niveles de fuerza, de acuerdo con las circunstancias que se presenten. 

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Además el protocolo tiene el objetivo de brindar certeza jurídica y transparencia a la ciudadanía sobre las acciones con uso de fuerza que realicen los elementos de la Policía Federal. 

Este entró en vigor desde el momento en que fue publicado y define los usos de fuerza como Presencia Policial, Verbalización, Control de Contacto, Control Físico, Técnicas Defensivas menos letales y fuerza potencialmente letal.

Para Manelich Castilla Craviotto, Comisionado de la Policía Federal, se trata del primer protocolo de su tipo y complementa el emitido anteriormente por la Secretaría de Seguridad Pública, el cual emite los lineamientos generales para la regulación de la fuerza. 

Mencionó que el protocolo establece que los integrantes de la PF tienen derecho a la protección de su vida e integridad física en las funciones que desempeña. 

“Con esto quiero decir que la Policía Federal es consciente y velará por el estricto respeto a los derechos humanos de la sociedad, pero también creemos que es el policía y los elementos de los cuerpos de seguridad, quienes dada la naturaleza de su función, merecen también ser respetados en sus derechos humanos”, señaló Castilla Craviotto. 

Además de las disposiciones jurídicas aplicables, los elementos de la PF deben guiarse en los siguientes principios: 

Legalidad: Su actuar se debe regir de acuerdo a la Ley u otras disposiciones jurídicas.

Necesidad: Se debe emplear el uso de la fuerza sólo cuando sea estrictamente necesario e inevitable, cuidando la integridad de las personas o el objeto legítimo que se busca.  

Proporcionalidad: Hacer uso de la fuerza de manera adecuada y acorde a la agresión recibida o la resistencia encontrada y el peligro existente. El cual debe tener un criterio diferenciador y progresivo, de acuerdo a la intensidad, duración y magnitud. (Con información de Notimex)