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TEPJF pospone discusión sobre la sobrerrepresentación en Congreso

La conclusión general es que "no le asiste la razón a los apelantes cuando afirma que el acuerdo generaría incertidumbre respecto a los convenios de coalición"

Escrito en NACIÓN el

Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) pospuso este miércoles la discusión del proyecto que da la razón al INE en materia de sobrerrepresentación.

El magistrado Felipe Fuentes propondrá a los integrantes del Tribunal Electoral confirmar el acuerdo del INE por el que se establecen mecanismos para evitar la sobrerrepresentación de partidos en la Cámara de Diputados.

En la cuenta de Twitter del tribunal se publicó hace unos minutos este proyecto de sentencia que revisó el acuerdo INE/cg193/2021 de marzo y cuyo objetivo es buscar que ningún partido político rebase el 8% de sobrerrepresentación en la Cámara de Diputados. La conclusión general del magistrado ponente es que "no le asiste la razón a los apelantes cuando afirma que el acuerdo generaría incertidumbre respecto a los convenios de coalición". Y agrega que tampoco se verían afectados los principios de definitividad ni de certeza en materia electoral.

El acuerdo fue impugnado por los partidos Encuentro Solidario, Morena y Acción Nacional. El primero argumentó perjuicio con independencia de que en estas elecciones no participará bajo la figura de coalición. Morena argumento perjuicio por ser integrante de una coalición y señaló que el acuerdo del INE "impacta en el convenio celebrado" con otros partidos.

Mientras que el PAN refirió que el acuerdo impacta en las asignaciones a sus diputaciones por el principio de representación proporcional. También señaló una violación al principio de pluralidad política.

En su ponencia el magistrado Fuentes consideró que "contrario a lo sostenido por los partidos PES y Morena, el acuerdo no riñe con los principios de certeza y definitividad dado que persigue la finalidad de establecer un criterio a partir del cual, la autoridad responsable puede ajustar a los parámetros constitucionales la asignación de curules por el principio de representación proporcional".

También consideró que la medida es congruente porque ningún momento alteran los convenios de coalición suscritos.