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Avala TEPJF por unanimidad poner freno a sobrerrepresentación

El Tribunal afirma que ayudará a una adecuada asignación en el número proporcional de legisladores, de acuerdo a cada partido según resultados electorales

Escrito en NACIÓN el

Por unanimidad, la Sala Superior del Tribunal Electoral avaló el acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral que propone evitar una sobrerrepresentación de los partidos en la Cámara de Diputados. El acuerdo fue impugnado por los partidos Morena, Acción Nacional y Encuentro Solidario. 

El general, consideraron que la medida no se extralimita de las funciones del INE; agregaron que la medida es justa, necesaria y ayuda a una correcta representación de los partidos en el Congreso acorde al voto ciudadano en cada elección.

Aseguraron que esto ayudará a una adecuada asignación en el número proporcional de legisladores, de acuerdo a cada partido político según los resultados de la jornada electoral.

También precisaron que la medida ayudará para evitar mayorías y/o minorías parlamentarias fuera de la ley.

"Que sea más fiel a los resultados que cada partido obtenga en las urnas el próximo 6 de junio", afirmó el magistrado presidente José Luis Vargas.

Los integrantes de la Sala también consideraron que es una medida legal y constitucional que no se contrapone con los convenios de coalición entre partidos. También se vínculo esta resolución a la Cámara de Diputados para que posteriormente informe, tanto al Tribunal Electoral como al INE, su aplicación correspondiente.

En la sentencia se recuerda el diseño normativo constitucional que establece que en ningún caso un partido político podrá contar con un número de diputados por ambos principios que representen un porcentaje del total de la Cámara que exceda en ocho puntos a su porcentaje de la votación nacional emitida.

PARTIDOS IMPUGNARON EN SU MOMENTO

Por su parte, Encuentro Solidario argumentó perjuicio con independencia de que, en estas elecciones, no participa bajo figura de coalición, por lo que su porcentaje de representación por la vía plurinominal se vería afectado.

El PAN igualmente planteó que la medida impacta en las asignaciones a sus diputaciones plurinominales y señaló que se viola, también, el principio de pluralidad política.

Sin embargo, la ponencia del magistrado Fuentes respalda que el acuerdo del INE no afecta de ninguna manera la sobrerrepresentación y afirma que "no le asiste la razón a los apelantes cuando afirman que el acuerdo impugnado tendría como consecuencia generar incertidumbre respecto a los convenios de coalición".

Asegura  que el acuerdo del INE "no riñe con los principios de certeza y definitividad" pues sólo busca establecer un criterio para que "la autoridad responsable pueda ajustar a los parámetros constitucionales la asignación de curules por el principio de representación proporcional".

LOS ARGUMENTOS

Los partidos plantearon que el acuerdo de los consejeros electorales viola el principio de autodeterminación y auto organización de los partidos políticos; también calificó de errónea la interpretación extensiva del concepto de votación nacional.

El magistrado plantea que, en apego al marco normativo electoral, "los partidos políticos no podrán distribuir o transferirse votos mediante el convenio de coalición"; y destaca que, con independencia de la coalición, cada partido político conserva su individualidad.

Con base en una jurisprudencia de la Sala Superior, afirma que se "ha establecido que el régimen electoral de las coaliciones previsto en el ordenamiento jurídico vigente, que busca evitar un uso abusivo de esta forma asociativa y afectar los regímenes de representación proporcional de prerrogativas de radio y televisión, así como de fiscalización".

Fuentes consideró que el agravio de Morena, que señaló en su impugnación que el INE falta a su deber para garantizar elecciones libres; y del PAN, que señaló que este acuerdo es un agravio a los principios de pluralidad y proporcionalidad; el magistrado expuso que son infundados.