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Preocupa a IFT “centralización” de los medios públicos

Se subió al debate por el proyecto de reforma del artículo 27, de acuerdo con el cual la Segob asumiría el control de los medios de radiodifusión públicos

Escrito en NACIÓN el

El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) se sumó al debate que ha generado el proyecto de reforma a la Ley de la Administración Pública Federal, en lo que respecta al contenido del artículo 27, de acuerdo con el cual la Secretaría de Gobernación asumiría el control de los medios de radiodifusión públicos.

Por medio de una carta fechada el 18 de noviembre y entregada este miércoles 21 a los senadores que integran las Comisiones de Gobernación; Estudios Legislativos; y Radio y Televisión, los comisionados del órgano autónomo, que preside Gabriel Contreras Saldívar, pidieron una exhaustiva revisión al citado artículo, al considerar que en los términos planteados podría comprometer la independencia editorial y la autonomía de los medios públicos de comunicación.

Específicamente se refirieron a la fracción VIII del artículo 27 de la minuta, en donde se establece que corresponderá a la Secretaría de Gobernación "proveer el servicio de radiodifusión pública digital a nivel nacional”, lo que para ellos podría trastocar principios constitucionales.

En la misiva enviada a las comisiones, en donde este martes se avaló la minuta enviada por los diputados, el Instituto Federal de Telecomunicaciones hizo alusión al artículo 6 de la Constitución donde se establece que será el Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano el encargado de proveer el servicio de radiodifusión en el país.

“Es claro que a nivel Constitucional se previeron condiciones de operación para la prestación del servicio de radiodifusión por la Administración Pública, específicamente su autonomía, lo que llevó a la determinación desde la Constitución de que la naturaleza jurídica de la entidad depositaria de dicha función fuera de un organismo descentralizado”, expresaron en el documento.

También citaron el artículo décimo transitorio de la Carta Magna, publicado en junio de 2013, de acuerdo con el cual “Los medios públicos que presten el servicio de radiodifusión deberán contar con independencia editorial, autonomía de gestión financiera; garantías de participación ciudadana; reglas claras para la transparencia y rendición da cuentas; defensa de sus contenidos; opciones de financiamiento; pleno acceso a tecnologías, y reglas para la expresión de diversidades ideológicas, étnicas y culturales”.

En este contexto los comisionados pidieron revisar si la asignación de esta función en una dependencia del Ejecutivo Federal es compatible con los mandatos de independencia editorial, autonomía de gestión financiera, garantías de participación ciudadana y demás previstos en la Constitución.


AJ