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Por riesgo de fuga, revierten amparo de Ancira contra detención

Queda sin efecto amparo del dueño de AHMSA para evitar ser detenido una vez pise el país vía extradición desde España

Escrito en NACIÓN el

Por omitir información y porque existe el riesgo de que pueda evadir la justicia, un Tribunal Colegiado solicitó a un juez federal retirar la suspensión provisional con la que contaba Alonso Ancira Elizondo, dueño de Altos Hornos de México (AHMSA), contra la orden de detención por operaciones con recursos de procedencia ilícita relacionada con el caso Agro Nitrogenados.

El caso tiene relación con una de las dos causas penales iniciadas contra Emilio Ricardo Lozoya Austin, ex director de Petróleos Mexicanos (Pemex), quien supuestamente aceptó sobornos por parte de Ancira para que Pemex comprara Agro Nitrogenados a un sobrecosto de más de 200 millones de dólares.

De acuerdo con fuentes consultadas por La Silla Rota, la resolución del Tribunal da luz verde a la Fiscalía General de la República (FGR) para que, una vez que sea extraditado a México, y pise territorio nacional, no exista ningún impedimento legal (amparo) para cumplimentar la orden de detención contra Ancira emitida por José Artemio Zúñiga Mendoza, juez de Distrito Especializado en el Sistema Penal Acusatorio, adscrito al Centro de Justicia Penal Federal en la Ciudad de México, con sede en el Reclusorio Norte.

Fuentes del Consejo de la Judicatura Federal (CJF) y de la Fiscalía General de la República, comentaron que el pasado de 10 de noviembre, un juez federal concedió la suspensión provisional a Alonso Ancira contra la orden de detención con fines de extradición incluida en la causa penal 211/2019. El amparo anulaba la orden de detención de la FGR una vez que Alonso Ancira pisará territorio nacional.

El personal del CJF y de la FGR consultado mencionó que el dueño de Altos Hornos de México, también pidió que se dejará publicar el acuerdo A-5897/5-2019 con el cual la FGR solicitó a la Organización Internacional de Policía Criminal (Interpol, por sus siglas en inglés) su detención con fines de extradición. Sin embargo, esta petición le fue negada.

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La suspensión provisional impedía que el Ministerio Público de la FGR detuviera a Ancira, al ser considerado el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita como un ilícito no grave, y hasta que se determinará si se condecía la suspensión o definitiva o se le negaba.

“Al respecto, en el impugnado auto de diez de noviembre de dos mil veinte, en lo que interesa, la juzgadora de amparo concedió la suspensión provisional respecto de la orden de aprehensión y su ejecución; en tanto que, la negó respecto de la elaboración, suscripción y publicación de la búsqueda internacional con fines de detención –ficha roja”.

Contra esa determinación, el director General de Control de Juicios de Amparo de la FGR, presentó una queja, en la cual solicitó que le fuera retirada la suspensión provisional a Ancira para que pueda ser detenido una vez que llegue a territorio nacional.

“El recurso de queja interpuesto por el Director General de Control de Juicios de Amparo, en suplencia del Fiscal General de la República (autoridad responsable), contra el auto de diez de noviembre del año”, menciona la resolución del Tribunal Colegiado.

EXISTE EL RIESGO DE FUGA

Al analizar el recurso presentado por la FGR, el Tribunal Colegiado solicitó que se retirara la suspensión provisional a Alonso Ancira Elizondo, porque omitió informar al juez que lo amparó que estaba vigente un tratado de extradición vigente aprobado por el gobierno de España.

“Lo anterior, sin que se soslaye que la autoridad recurrente aduce en su escrito de agravios que el quejoso en sus antecedentes omitió referir que el veintiocho de mayo de dos mil veinte, la sección 001 de la Sala de lo Penal de la audiencia Nacional del Reino de España declaró procedente la extradición formulada por el gobierno de México”.

El Tribunal detalla, que otro de los motivos, es que el gobierno español negó otorgarle el recurso de “recurso de súplica” que presentó el 6 de noviembre.

“El justiciable interpuso “recurso de súplica”, el cual una vez sustanciado, el seis de noviembre del año en curso, el Pleno de la citada sala “negó el recurso de súplica; por ello, dicha autoridad extranjera ordenó la búsqueda, detención e ingreso a prisión del amparista, ordenando devolver la fianza de un millón de euros que depositó para gozar de la libertad provisional; en la misma fecha, agentes de la policía nacional española procedieron a su detención e internamiento en el centro penitenciario de Mallorca; y, el once de noviembre siguiente, la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ratificó la prisión provisional del quejoso como medida cautelar para garantizar que no se dé a la fuga”.

Otro de los motivos, es que en caso de que se le diera la suspensión provisional en México, tendría que regresar a España y cumplir con las medidas cautelares para no evadir la justicia, entre ellas, presentarse a firmar cada 24 horas.

“Lo procedente es declarar, en la materia de la queja, fundado el recurso, para el efecto de negar la suspensión provisional solicitada por el quejoso respecto de los actos reclamados consistentes en la orden de aprehensión librada en su contra, en la causa penal 211/2019, por el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita; así como su ejecución”, menciona la sentencia del Tribunal.