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¿Por qué no prosperará el juicio político contra consejeros del INE?

Expertos advierten que Morena no tiene fundamentos jurídicos ni los votos suficientes para iniciar un proceso jurídico contra los consejeros del INE

Escrito en NACIÓN el

El juicio político que pretende interponer Morena contra seis consejeros del Instituto Nacional Electoral (INE), quienes votaron a favor de prorrogar algunas etapas del ejercicio de revocación de mandato por falta de presupuesto, difícilmente prosperará. Así lo afirmaron expertos consultados por La Silla Rota.

Entre las razones que plantearon los expertos es que no hay claridad sobre cuáles serían los argumentos legales para interponerlo, pues la ley no establece cuál es la sanción por pausar etapas de la revocación de mandato. 

Esto significa que, de alguna manera, los argumentos que plantearía Morena se encuentran en una especie de “limbo jurídico” y quedarán sujetos a interpretación de los legisladores, “más que a una cita textual de las leyes”. Además, advirtieron que Morena no cuenta con los votos suficientes en el Congreso para iniciar el juicio político.

Raúl Mejía, investigador del Instituto para el Fortalecimiento del Derecho y académico del CIDE, afirmó que la actitud del partido oficialista "es solo un manoteo de brazos que no se sostiene. 

“No hay un fundamento real para llevarlo a cabo. Podrían llevarlo a cabo políticamente sí; pero se les atoran los números en el Senado porque la ley pide dos terceras partes. Además, no creo que tengan la legitimidad para hacerlo”.

Por su parte Julio Jiménez, constitucionalista de La Salle y vicepresidente del Colegio de Abogados, consideró que las declaraciones de Morena corresponden más a una estrategia mediática y distractor "para mantener en el ánimo de los mexicanos que son víctimas de una intransigencia del INE que vulneran la democracia la constitución".

También descartó que el tema prospere. "El tema probablemente se judicialice, pero el balón quedará en la cancha de la Corte y el Tribunal Electoral".

En su conferencia mañanera de este martes, el presidente Andrés Manuel López Obrador afirmó que los propios ciudadanos podrían realizar la consulta de revocación de mandato en 2022, si el INE insiste "en violar la Constitución y no llevarla a cabo", según dijo.

¿QUÉ DICE LA LEY?

El artículo 110 de la Constitución enlista quiénes son sujetos que pueden ser enjuiciados políticamente: titulares de poder y órganos autónomos, entre otros. Las causales se encuentran en la Ley de Servidores Públicos y no son equiparables a un delito. 

"Se refiere a una frase de aquellos actos que redundan en perjuicio de los de los intereses públicos fundamentales y su buen despacho”, dijo Mejía.

Además, la ley sostiene que los causales del juicio político son, por ejemplo, el ataque a instituciones democráticas, a la forma de gobierno republicano, violaciones a derechos humanos, ataque a la libertad de sufragio, usurpación de atribuciones y cualquier infracción a la Constitución que causa perjuicios graves a la población uno o varios estados.

Movimiento "Que siga la Democracia" entrega firmas para el revocatorio. (Foto: Cuartoscuro)

Mejía afirmó que la Corte y el ministro Gómez Alcántara señalaron no poder resolver temas presupuestales sobre una consulta incierta porque en este momento se desconoce el número específico de firmas que se reúnan y que, además, debe ser en cierto número de Estados.

También calificó de confusa la declaración de Mario Delgado hoy quien dijo que lo relevante es la violación de los derechos ciudadanos y no si el INE cuenta o no con los recursos para realizar la Revocación de Mandato. "Esa cuestión de que el presupuesto es secundario yo no acabo de entender cómo”, cuestionó, “la ley marca condiciones muy específicas para realizar la consulta y lo establece como si fuera una elección nacional".

Por otro lado Jiménez detalló que el juicio político solo procede cuando los servidores públicos cometen actos que vulneran esferas de competencia y causan agravios por omisión o acción "y el caso de los consejeros del INE no se adecua a lo que establece la Ley Federal de Responsabilidades Públicas”, dijo.

Agregó que tampoco hay argumentos para una declaración de procedencia y/o fincar responsabilidades administrativas o penales contra los consejeros electorales.

“No veo un ataque a las instituciones democráticas ni al gobierno, tampoco violaciones a la Constitución, ni que vulneran la democracia; tampoco están restringiendo el ejercicio de ningún derecho ni a la libertad ni sufragio electoral. Así que en términos legales ese juicio político es improcedente y en mi opinión también innecesario".

Descartó que haya razones para sostener la controversia constitucional que anunció el presidente de la Mesa Directiva en Cámara de Diputados, Sergio Gutiérrez. "No hay elementos para promover esta controversia porque el Instituto no ha cancelado la revocación, solo aplazó para dar tiempo a que la Corte resuelva la controversia que presentó el 7 de diciembre. Yo calculo que, quizás, esto podría resolverse en la primera quincena de enero".

En este contexto Mejía, remató: "si hubiera una sentencia de fondo de la Corte y un desacato por parte del INE, entonces sí tendrías un acto que reclamar. Pero también el INE debe protegerse de realizar un acto obligatorio sin el dinero suficiente y en condiciones más precarias que una elección presidencial. Al final esto terminará en que un órgano superior como la Corte o el Tribunal Electoral le diga hazlo de esta manera".

¿Y LOS VOTOS?

El constitucionalista del CIDE subrayó que, en cuanto a requisitos técnicos, Morena necesita en Cámara de Diputados mayoría simple; mientras que en Senado la ley establece el voto favorable de dos terceras partes.

"A diferencia de un desafuero donde solo necesitas mayoría simple, en un juicio político se requiere que ambas cámaras tengan una resolución coincidente. En Diputados por mayoría simple y Senado por mayoría calificada. Entonces políticamente no la tiene tan simple Morena", destacó.

El artículo 110 constitucional resalta que entre las sanciones están "destitución del servidor público y su inhabilitación para desempeñar funciones, empleos, cargos o comisiones de cualquier naturaleza en el servicio público".

En el escenario de que Morena lo pudiera lograr, los consejeros electorales no tendrían manera de contrarrestar esta decisión porque las resoluciones del Congreso son inatacables; entonces, no aplicaría tampoco la figura de amparo.

Lorenzo Córdova y Gerardo Fernández en el pleno de la Cámara de Diputados. (Foto: Cuartoscuro)

Mejía recordó que el caso tiene similitud a la petición de desaparición de poderes en Tamaulipas que impulsó Morena contra el gobernador Cabeza de Vaca. "El tema se les atoró, que si era estatal o no, y ahí quedó. Durante los gobiernos del PRI hubo uso de instrumentos para la subordinación de gobernadores y esa fue una de ellas. Pero el juicio político no ha sido utilizado de manera usual".

Finalmente, destacó que, aunque se sobreentiende la posibilidad de que la Revocación de Mandato “se convierta en una pantomima para ratificar al presidente, técnicamente existe una pequeña posibilidad de que el resultado sea inverso. A veces uno no sabe el resultado: el Brexit fue un ejemplo, el proceso de paz en Colombia otro. Por más que uno pretenda que tener el 60% de aprobación es suficiente, a la hora de la hora uno no sabe”.

En ese caso Jiménez advirtió "aunque es una estrategia de Morena para aparentar ante la opinión pública y los medios de comunicación que son víctimas del INE, podrían terminar siendo víctimas de su propia trampa".

 

acz