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Por mala conducta, suegro del Chapo no puede acceder a libertad anticipada

Inés Omar Coronel Barreras, suegro de Joaquín “El Chapo” Guzmán, no puede acceder al beneficio de la libertad anticipada… y se inconforma

Escrito en NACIÓN el

Por mal comportamiento, así como por estudios psicológicos, pedagógicos, criminales y sociales que concluyen que no es adecuada su liberación, Inés Omar Coronel Barreras, suegro de Joaquín “El Chapo” Guzmán, no puede acceder al beneficio de la libertad anticipada.

Coronel Barreras, sentenciado en abril de 2017 y recluido en el Centro Federal de Readaptación Social (Cefereso) 11 en Hermosillo, Sonora, ha buscado salir de prisión desde el 12 de marzo de 2019, sin éxito.

El padre de Emma Coronel Aispuro, esposa de “El Chapo”, quien se encuentra a la espera de sentencia en Estados Unidos, luego de declararse culpable de delitos de narcotráfico, lavado de dinero y operaciones relacionadas con el cártel de Sinaloa, fue detenido el 30 de abril de 2013, por elementos de la extinta Policía Federal.

Según el informe homologado de los policías federales, Inés Omar Coronel Barreras fue asegurado, junto con otras personas, cuando viajaba en una camioneta en la que se decomisó un arma de fuego tipo fusil, así como 20 paquetes de marihuana.

Documentos judiciales, consultados por La Silla Rota, relatan que, luego de las pruebas presentadas por el Ministerio Público federal, fue sentenciado, en abril de 2017, a pasar nueve años en prisión, así como a pagar 200 salarios mínimos, al ser encontrado culpable de los delitos contra la salud, en su modalidad de posesión del estupefaciente denominado Cannabis Sativa L (marihuana), con fines de comercio en su variante de venta y portación de armas de fuego del uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea.

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Dos años después, el 12 de marzo de 2020, solicitó al juzgado Segundo de Distrito Especializado en Ejecución de Penas revisará su caso para acceder al beneficio de la libertad anticipada con medidas cautelares.

“El 12 de marzo de 2019, la defensa pública de Inés Omar Coronel, promovió incidente no especificado de remisión parcial de la pena, libertad preparatoria y libertad condicionada, por lo que el 25 siguiente se admitió a trámite su solicitud y se aperturó el SD por el juzgado de ejecución”, mencionan los documentos judiciales consultados por La Silla Rota.

Casi un año después, el 19 de febrero de 2020, Inés Omar fue notificado que la petición que hizo fue negada, por su mal comportamiento, el cual fue registrado en dos reportes emitidos por las autoridades penitenciarias.

El primero de ellos fue el 20 de julio de 2015, por “incurrir en actos y conductas contrarias a la moral o a las buenas costumbres”.

El segundo el 19 de julio de 2017, por “la posesión de instrumentos punzocortantes, armas o cualquier otro objeto que ponga en riesgo la seguridad del centro penitenciario y/o la vida de la persona”, así como por “conductas dolosas que afecten el funcionamiento de los servicios o la provisión de suministros en el centro penitenciario”.

Además, “señaló que los beneficios para sentenciados solamente son una expectativa de derecho, pues no basta que se haya dictado sentencia en su contra, sino que además debe existir convergencia de determinados requisitos, tales como la temporalidad, lo cual tendría que haberse materializado en la decisión judicial de haber estado vigentes, por tanto, no puede aplicarse ultractivamente en beneficio del reo, aun cuando fueren favorables, por lo que su estudio solamente procedía excepcionalmente y no como regla general".

La defensa de Inés Omar apeló la decisión el 26 de febrero y 7 de marzo de 2020. La petición fue turnada al Tercer Tribunal Unitario en Materia Penal de la Ciudad de México, quien, el 11 de diciembre de 2020, confirmó la negativa a obtener la libertad anticipada.

El Tribunal basó su decisión en los informes de mal comportamiento, así como estudios hechos por autoridades penitenciarias de Sonora, el 10 de abril 2019; y Oaxaca, el 5 de agosto de 2019, en los que se concluye que no es adecuado que obtenga su libertad.

De acuerdo con los reportes emitidos, a Inés Omar le fueron encontradas, al interior de su celda: “dos charolas de comida, así botes de gatorade con líquido aromatizante, una baraja, una bolsa con un rastrillo, un marcador permanente chico, dos cápsulas naranjas, dos pastillas centrum, una pastilla chica y grande blanca, una cápsula transparente, tres pastillas chicas, tres bolsas de crema, un reloj digital y una piedra”.

En el caso de los estudios hechos por personal médico, psicólogo de trabajo social, laboral y criminal, los resultados concluyeron que es “desfavorable” la liberación anticipada.

“Persona privada de la libertad que no ha mostrado un adecuado aprendizaje de la experiencia intrainstitucional, denotado en su conducta, quien ha contravenido en la normatividad, mostrando una inadecuada relación con la figura de autoridad y personal técnico que brinda actividades, por lo que no ha logrado reforzar sus frenos inhibitorios con umbral delincuencial bajo, por lo anterior, la opinión para un posible beneficio de libertad anticipada es desfavorable”, menciona el parte criminológico.

Inconforme, Inés Omar Coronel Barreras se volvió a presentar una nueva demanda el 19 de febrero de 2021. El juicio fue turnado al Primer Tribunal Unitario de la Ciudad de México, quien después de analizar el caso, determinó, el 30 de marzo de 2021, concederle el amparo para que se dejara insubsistente la determinación y, en caso de ser necesario, ordenar al juez Segundo de Distrito Especializado en Ejecución de Penas en la Ciudad de México emitir una nueva medida.

El pasado 30 de mayo, el Tercer Tribunal Unitario emitió su fallo en el que determinó que el mandamiento ordenado por su homologo (Primer Unitario) era "fundado, pero no debidamente motivado", por lo que de nueva cuenta Inés Omar Coronel volvió a presentar una nueva demanda de garantías, la cual se encuentra en trámite.

Hasta que se determine una nueva resolución, el suegro de Joaquín Guzmán Loera continuará en prisión.

MJP