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Polémica por la Guía Bioética de Asignación de Recursos llega a CNDH

El organismo alertó que aunque se trata de un borrador, existen posibilidades de instrumentarse por la exigencia del covid al sistema de salud

Escrito en NACIÓN el

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos expresó su preocupación ante el documento denominado “Guía Bioética de Asignación de Recursos de Medicina Crítica”, elaborada por integrantes del Consejo de Salubridad General para la emergencia de covid-19, la cual plantea cómo resolver casos extremos en los que no haya equipos suficientes de terapia intensiva.

“De manera particular contiene criterios que ejercen una discriminación indirecta hacia las personas mayores, y las pone en desventaja en el acceso a los recursos de medicina crítica, lo que vulnera su derecho a la salud, a la vida y a la integridad personal”, dijo la CNDH en un comunicado.

El organismo alertó que se trata de un documento en borrador, hasta donde se ha dicho, pero que tiene muchas posibilidades de instrumentarse ante el tamaño de la exigencia que le impondrá la pandemia a nuestros servicios de salud.

Ante las implicaciones de decisiones bioéticas de emergencia como las que plantea un escenario de sobresaturación de servicios médicos asociada al covid-19, la CNDH llama la atención para que se tomen en cuenta cuestiones tales como la de saber si desde la perspectiva del bloque de constitucional, la eventual aplicación de esta Guía violaría los derechos humanos de quienes no recibieran atención urgente debido a las circunstancias extremas de no disponer de recursos suficientes.

A partir del análisis desde el bloque constitucional de derechos humanos, es importante precisar que la Guía es contraria a disposiciones sobre el derecho a la salud vinculantes para México, tanto en el Sistema Universal como en el Sistema Regional de protección de los derechos humanos, ya que es un documento que justifica que el Estado Mexicano no garantice el acceso efectivo a los bienes de salud a todos los pacientes con covid, en este caso a los recursos de medicina crítica.

Agregó que es delicado que la Guía proponga que el Triage  funcione como un órgano decisorio, que no esté supervisado y/o acompañado por un Comité de Ética, que le permita tomar decisiones que involucren vidas humanas., asimismo, que sus criterios de integración del equipo de triaje, deban de aplicarse “idealmente”, lo cual no garantiza la adecuada decisión en el respecto y garantía de los derechos humanos de las y los pacientes con covid-19.

Además, es ilegal desde el bloque constitucional, toda vez que invade la competencia del Poder Judicial de la Federación, al establecer que en los términos del artículo 128 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en caso de que se soliciten suspensiones por vía de amparo respecto de las decisiones tomadas con apego a la Guía, las mismas deberán ser denegadas, lo que viola la autonomía de los jueces y magistrados, quienes son los que tienen que estudiar el asunto, y decidir sobre el otorgamiento del Amparo, con fundamento en el bloque constitucional de derechos humanos.