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Nuevo sistema de justicia, opción de libertad para reos

La Primera Sala aprobó un proyecto que obliga a jueces de distrito y tribunales a revisar, modificar o sustituir la medida cautelar de la prisión preventiva

Escrito en NACIÓN el

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) formuló una tesis de dictamen que beneficiará a todas aquellas personas que fueron encarcelados en el anterior del sistema de justicia penal, y podrán recuperar su libertad bajo caución siempre y cuando enfrenten delitos que no merecen actualmente prisión preventiva oficiosa o representen un peligro para la sociedad.

Para que logren obtener su libertad los sospechosos, tendrán que solicitar audiencia y el Ministerio Público puede alegar ante el juez de control que el indiciado puede representar un peligro para la ciudadanía.

Los ministros de la primera sala resolvieron una contradicción de tesis suscitada entre dos tribunales colegiados, quienes discutían si los beneficios que brinda el Nuevo Sistema de Justicia Penal podían o no aplicarse a los acusados en el anterior sistema.

Cabe señalar que la prisión preventiva oficiosa solo se aplica en los casos de delincuencia organizada, homicidio doloso, violación, secuestro, trata de personas, delitos cometidos con medios violentos como armas y explosivos, así como delitos graves que determine la ley, entre otras.

Varios actores políticos y asociaciones civiles comentan que el aumento de la violencia en el país se debe a que una gran parte acusados por el delito de portación de armas de fuego recuperan su libertad bajo caución; por su parte, el Nuevo Sistema de Justicia no considera ese ilícito con prisión preventiva oficiosa.

Con los votos a favor de José Ramón Cossío Díaz, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, la Sala determinó que el artículo Quinto Transitorio del Código Nacional de Procedimientos Penales, aprobado por el Congreso de la Unión, sí procede para que los inculpados procesados en el sistema penal mixto soliciten la revisión, concluyó la Corte.

Con información de Milenio