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No viable, que Banxico use reservas para financiar a Pemex, expertos

El Consejo de Administración de Petróleos Mexicanos propuso en junio pasado que el Banco de México invierta las sus divisas en títulos de la petrolera

Escrito en NACIÓN el

Ante la propuesta del Consejo de Administración de Petróleos Mexicanos (Pemex) al Banco de México explore la posibilidad de que Banxico invierta las reservas internacionales en bonos de deuda de la petrolera con el fin de resolver sus pasivos y vencimientos de los próximos tres años, que ascienden a casi 31 mil millones de dólares, el subgobernador del banco central, Gerardo Esquivel, aseguró que ello no se permite de acuerdo a lo establecido en los artículos 19 y 20 de la Ley del Banco de México

Al ser cuestionado por un usuario en redes sociales, el funcionario del Banxico aseguró que dicha legislación no permite el movimiento propuesto. 

En el Capítulo IV de la Ley del Banco de México, se especifica que la reserva de activos internacionales tendrá el objetivo de “coadyuvar a la estabilidad del poder adquisitivo de la moneda nacional mediante la compensación de desequilibrios entre los ingresos y egresos de divisas del país. 

En específico, el Artículo 19 establece que la reserva se constituirá con: 

I. Las divisas y el oro, propiedad del Banco Central, que se hallen libres de todo gravamen y cuya disponibilidad no esté sujeta a restricción alguna; 

II. La diferencia entre la participación de México en el Fondo Monetario Internacional (FMI) y;

III. Las divisas provenientes de financiamientos obtenidos con propósitos de regulación cambiaria, de las personas señaladas en la fracción VI del artículo 3o. 

“Para determinar el monto de la reserva, no se considerarán las divisas pendientes de recibir por operaciones de compraventa contra moneda nacional, y se restarán los pasivos de la Institución en divisas y oro, excepto los que sean a plazo mayor de seis meses y los correspondientes a los financiamientos mencionados en la fracción III de este artículo”, se lee en la Ley.

El Artículo 20 dice que para efectos de la legislación, el término divisas comprende: billetes y monedas metálicas extranjeros, depósitos bancarios, títulos de crédito y toda clase de documentos de crédito, sobre el exterior y denominados en moneda extranjera, así como, en general, los medios internacionales de pago. 

Las divisas susceptibles de formar parte de la reserva son únicamente: 

I. Los billetes y monedas metálicas extranjeros; 

II. Los depósitos, títulos, valores y demás obligaciones pagaderos fuera del territorio nacional, considerados de primer orden en los mercados internacionales, denominados en moneda extranjera y a cargo de gobiernos de países distintos de México, de organismos financieros internacionales o de entidades del exterior, siempre que sean exigibles a plazo no mayor de seis meses o de amplia liquidez; 

III. Los créditos a cargo de bancos centrales, exigibles a plazo no mayor de seis meses, cuyo servicio esté al corriente, y;

IV. Los derechos especiales de giro del Fondo Monetario Internacional.

Por tratarse de una empresa nacional, sin embargo, los títulos de Pemex en el Banco de México no entran a la reserva Internacional.

Manuel Sánchez, exsubgobernador del Banxico, explicó en Twitter que la propuesta no es viable, ya que la Ley establece que la reserva de Banxico puede invertirse en valores “considerados de primer orden”, en moneda extranjera y a cargo de entidades del exterior. 

“Pemex es nacional y sus bonos son “chatarra””, escribe el exfuncionario.

Durante la reunión del máximo órgano de gobierno del pasado 16 de junio, publicó El Universal, el consejero independiente Juan José Paullada Figueroa puso sobre a mesa la alternativa de que el banco central invierta sus divisas en títulos de Pemex.

Entre los miembros del consejo se encontraban Rocío Nahle, secretaria de Energía y el subsecretario de Hacienda, Gabriel Yorio González.

(djh)