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Morena defiende ideas del PRI, critica José Antonio Crespo

Crespo recordó que en 1987 el PRI introdujo la "cláusula de gobernabilidad" para tener más plurinominales y tener mayoría absoluta; Morena defiende ese concepto

Escrito en NACIÓN el

El INE aprobó un Acuerdo que persigue evitar la creación de mayorías artificiales en la Cámara de Diputados, y hacer respetar el límite constitucional del 8 % de sobrerrepresentación de partidos políticos, como la que construyó Morena en la actual Legislatura.

Ante ello, PAN y PRD celebraron la determinación de la mayoría de los consejeros electorales, en tanto que Movimiento Regeneración Nacional adelantó que impugnará la resolución.

Con los nuevos lineamientos, se evitará que se viole la Constitución con la sobrerrepresentación en la Cámara de Diputados y, con ello, se podrá evitar que Morena y sus aliados aprueben reformas que envíe el Ejecutivo federal, sin modificación alguna, como ocurrió con la Ley de la Industria Eléctrica, aseguró el representante del PAN, Juan Antonio Martín del Campo.

Sin embargo, Morena advirtió que impugnará la decisión del Instituto Nacional Electoral de cambiar las reglas de asignación de los diputados plurinominales, al acusar que tiene como única intención afectarlos y no obtengan la mayoría en la Cámara de Diputados.

Mario Delgado, dirigente nacional de Morena, acusó que se trata de "una maniobra oscura y vergonzosa", cometida por "algunos consejeros del INE afines al PRIAN".

Sin embargo, el politólogo José Antonio Crespo advirtió que en 1987 el PRI introdujo una "cláusula de gobernabilidad" que suponía darle tantos diputados plurinominales como fuese necesario para mantener la mayoría absoluta. En 1996 la sobrerrepresentación se limitó al 8%. “La izquierda siempre se opuso a toda sobrerrepresentación”, recordó.

“Pero en 2018 esa sobrerrepresentación favoreció a Morena, que además maniobró para que se duplicara anticonstitucionalmente. Una artimaña para revivir la cláusula de gobernabilidad de 1987 por otras vías. Eso es justo lo que hoy Morena defiende con vehemencia, como antes el PRI”, criticó Crespo.

Días antes, también recordó en Twitter que ante la sobrerrepresentación de 2015, dijo Pablo Gómez: “’¿Por qué hicieron esto? Para hacer un fraude. Los votos son los que se emitieron, los que se depositaron en las urnas.. Es un fraude contra la Constitución Política’. Hoy Gómez defiende eso mismo como buen neopriista”.

CÓMO SE HARÁ LA DESIGNACIÓN DE REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL

Se determinará a qué partido político de la coalición corresponden los triunfos en los distritos:

a) Se verificará la "afiliación efectiva" de cada una de las candidatas y los candidatos triunfadores por el principio de mayoría relativa. Se considerará "afiliación efectiva" aquella que esté vigente al momento del registro de la candidatura. Por tanto, el triunfo será contabilizado a favor del partido con el cual el o la candidata ganadora tengan una "afiliación efectiva".

b) En caso de que la candidatura triunfadora no tenga una afiliación efectiva a alguno de los partidos que la postularon, el triunfo será contabilizado en los términos de lo expresado por el convenio de coalición aprobado. Lo anterior no implicará que se llegue a afectar el principio de representación y pluralidad en la integración de la Cámara de Diputados, por lo que en la asignación de diputados de representación proporcional se procurará el mayor equilibrio entre el porcentaje de votos y porcentaje de escaños de todas las fuerzas

políticas que hayan obtenido al menos el 3% de la votación, de conformidad con el artículo 54, base V, de la Constitución

c) En caso de que la candidata o el candidato triunfador haya contendido por la reelección, en el supuesto que éste no cuente con una "afiliación efectiva" a alguno de los partidos que le postularon, el triunfo será contabilizado, para efectos de la asignación, al partido a cuyo grupo parlamentario haya pertenecido al momento del registro de la candidatura. Como se puede observar, un punto clave del acuerdo es que la autoridad electoral se compromete a procurar "el mayor equilibrio entre el porcentaje de votos y porcentaje de escaños de todas las fuerzas políticas". Así, se podrá corregir en la mesa del Consejo General el desequilibrio en la representación que se detecte en la asignación.

Se respeta la libertad de los partidos políticos: Pueden postular candidatas y candidatos con libertad, incluso a militantes de otros partidos si se coaligan, pero el INE debe evitar que se afecten los parámetros constitucionales de sobrerrepresentación.

Se siguen los criterios del Tribunal Electoral: La Sala Superior del TEPJF establecer principios que deben ser tutelados en el proceso de asignación por la vía de la representación proporcional. Estos son el principio de pluralidad y el principio de proporcionalidad. El primero implica la representación efectiva de la representación política, y el segundo, se refiere a que la representación ante el órgano legislativo sea acorde a la votación obtenida.