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Los plurinominales, creación de la reforma del 77; ahora están en la mira

El 30 de diciembre de 1977 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto que modificó 17 artículos de la Constitución

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Los diputados de representación proporcional el día de hoy son parte intrínseca del sistema electoral, que es común que los partidos confeccionen sus listas y ponen a sus tribunos más preparados en las listas de representación proporcional, para asegurar su llegada al Congreso.

Pero hasta antes de 1979, no formaban parte de la política mexicana.

El 30 de diciembre de 1977 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto que modificó 17 artículos de la Constitución. Se trataba de la reforma política electoral prometida por el gobierno, entonces encabezado por José López Portillo, que hizo constitucionales a los partidos políticos y donde se establecieron sus conceptos, naturaleza, prerrogativas y funciones.

De acuerdo con el artículo Historia del Congreso en México, incluida en el libro Directorio del Congreso Mexicano LVIII Legislatura, la reforma fue auspiciada por el propio Estado, intelectual y legislativamente en el Congreso, ante la desorganización formal y estructural de las fuerzas de oposición, pero también consciente de que se fraguaba en la clandestinidad un posible desbordamiento social.

 

Se venía de los años de la llamada Guerra Sucia, la represión y el aplastamiento de los movimientos contrainsurgentes.

El artículo sobre dicha reforma política, firmado por Francisco José de Andrea S., recuerda que en el artículo 52 ya reformado se estableció que la Cámara estaría compuesta por 400 diputados, 300 elegidos por mayoría relativa y 100 por representación proporcional.

Para elegir a los primeros, se dividió al país en 300 distritos electorales uninominales y cada partido podía postular a un candidato por distrito y solo el que obtuviera mayoría relativa de los votos obtendría la curul respectiva.

Para la elección de los 100 diputados de representación proporcional los partidos contendientes formulaban listas regionales de varios candidatos para cada una de las circunscripciones plurinominales en las que se dividía al país. “Por consiguiente, en cada circunscripción se elegían varios candidatos, de ahí que se utilizara el término plurinominales, más de uno, para identificarlas”.

Los distritos se determinaban de dividir la población total del país entre 300, el resultado era el número de habitantes que debía tener un distrito. En los casos de los estados con poca población, se estableció que, bajo ninguna circunstancia, la representación de una entidad federativa podría ser menor de dos diputados de mayoría.

El artículo 54 estableció que para que los partidos tuvieran derecho a que les fueran atribuidos diputados por el principio de representación proporcional, debían lograr cuando menos el 1.5 por ciento total de la votación emitida por todas las listas regionales de las circunscripciones plurinominales.

Además, los partidos que obtuvieran 60 o más diputaciones de mayoría no tendrían derecho a los diputados de representación proporcional.

En 1986, durante el gobierno de Miguel de la Madrid se llevó a cabo otra reforma política que amplió de 100 a 200 las diputaciones plurinominales, y dejó igual las de mayoría relativa. Además, se planeó un espacio mínimo del 30 por ciento de la cámara para los partidos minoritarios y que ningún partido tuviera derecho a que le fueran reconocidos más de 350 diputados.

Se trataba de reformas que golpeaban la hegemonía del PRI, pero ampliaban la participación de los partidos de oposición.

De Andrea S. destaca que esa reforma permitió que en las elecciones de 1988 hubiera un mayor equilibrio de fuerzas entre el PRI y los partidos de oposición, aunque fue opacada por la “caída del sistema”.

“Irónicamente, esta modificación había sido auspiciada por el propio PRI y, en retrospectiva, ocasionó la virtual crisis constitucional en la calificación del proceso electoral de 1988, la que casi con certeza no hubiera acontecido de haberse conservado los 100 escaños establecidos originalmente en 1977”, observa.

Luis Carlos Ugalde, exconsejero del entonces Instituto Federal Electoral, afirmó que de forma equivocada varios medios reportan que la iniciativa de López Obrador elimina los plurinominales. "La misma presentación que se hizo en la ´mañanera´ así lo dice. (Pero) No, la iniciativa hace lo contrario: elimina diputados de mayoría y los sustituye por pluris.

"Hoy los diputados federales se eligen en 300 distritos por mayoría relativa y 200 mediante cinco listas regionales de representación proporcional (RP), los pluris. La propuesta elimina la geografía distrital y busca elegir a todos los diputados mediante listas estatales, eso es, representación proporcional puro", alertó.

Eso suena bien en principio, calificó Ugalde, salvo que la representación proporcional en demarcaciones pequeñas tiende a sobre estimar a los partidos grandes. Hoy tenemos cinco listas de representación proporcional con 40 lugares; en el nuevo esquema habría 32 listas, pero algunas muy pequeñas donde solo entrarían partidos grandes.

"Se deben hacer las proyecciones, pero el nuevo método disminuiría la proporcionalidad nacional de la cámara, aunque haya representación proporcional puro a nivel estatal ¿Qué hacer entonces? Transitar a representación proporcional puro pero a nivel nacional, o bien, integrar la cámara con 300 dips: 150 de mayoría y 150 de representación proporcional", sugirió.