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Los antecedentes laborales de Alberto Elías Beltrán

Cuestionan la trayectoria profesional del encargado de despacho de la PGR, ante la renuncia de Raúl Cervantes a la Procuraduría

Escrito en NACIÓN el

Legisladores de oposición cuestionaron que la PGR destituyera al fiscal electoral, Santiago Nieto Castillo al frente de la Fepade, un tema que se entrampó aún más en las facultades de cada institución.

El senador panista Jorge Luis Preciado Rodríguez reveló que Alberto Elías Beltrán, actual encargado de la PGR y quien dio la orden de cesar al fiscal electoral, incumple con el requisito constitucional para ostentar ese cargo.

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La cédula profesional del funcionario tiene 6 años de antigüedad y para las funciones que ostenta ante la PGR, el requisito es tener 10 años como abogado. Su cédula profesional con número 6916505, data de 2011 y fue emitida por la Escuela Libre de Derecho.

Por lo tanto, a interpretación del senador panista y otros legisladores de oposición, incluso la destitución del titular de la Fiscalía Especializada para los Delitos Electorales (FEPADE), Santiago Nieto, es ilegal ante la Procuraduría General de la República.

Elías Beltrán ocupó en la PGR el cargo de director General Adjunto en la Unidad de Proyectos Estratégicos Sistémicos y de la Subprocuraduría Jurídica y de Asuntos Internacionales.

También fue director General de Asuntos Normativos y de la Unidad de Implementación de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).

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De acuerdo al legislador, el artículo 18 de la Ley Orgánica de la PGR dice que ante la ausencia del procurador  “lo debe suplir un subprocurador, pero ese subprocurador debe cumplir con todos los requisitos que establece el artículo 102 de nuestra  Constitución Política Mexicana”.

Es decir, a consideración del panista, su cargo ante la PGR “también viola el ordenamiento máximo, nuestra Carta Magna”.

Desde el pasado 16 de octubre, Elías Beltrán está al frente de la PGR en términos de lo dispuesto por los artículos 30 de la Ley Orgánica de la dependencia, y 137, párrafo primero, de su Reglamento.

Dicho reglamento estipula que al titular de la subprocuraduría Jurídica y de Asuntos Internacionales (cargo que tenía Elías Beltrán en la PGR), le corresponde suplir la gestión del despacho.

Con información de Alejandra Medina.

ams