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Ley de Seguridad contraviene reforma en DH: CNDH

Esta legislación abre la posibilidad de vulnerar derechos y libertades básicas, dice el ombudsman Luis Raúl González Pérez

Escrito en NACIÓN el

El titular de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), Luis Raúl González Pérez, afirmó que la Ley de Seguridad Interior contraviene la reforma constitucional en materia de derechos humanos de 2011.

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Explicó que esta legislación abre la posibilidad de vulnerar derechos y libertades básicas, deja a las fuerzas armadas la conducción de instituciones civiles, afecta el equilibrio entre la Federación y los estados, las instituciones, órganos del Estado y los poderes, detalló.

En el informe entregado al Congreso, correspondiente al ejercicio 2017, el ombudsman nacional señaló que los partidos políticos deben desterrar diatribas y agravios en la campaña, así como no caer en el intercambio de ideas se vuelva intransigente o fanático.

Destacó que el 2017 será un año considerado como atípico, porque es en el que se han emitido más recomendaciones por violaciones graves a los derechos humanos.

Indicó que los índices históricos de violencia y delitos, así como la percepción mayoritaria de inseguridad son evidencia clara y objetiva de que las autoridades han fallado en su obligación y responsabilidad básica de proporcionar niveles mínimos de seguridad.

Ante preguntas de legisladores de Comisión Permanente, sobre la acción de inconstitucionalidad contra la Ley de Seguridad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), indicó que es porque no están de acuerdo con su contenido, aunque aclaró que no es una postura con las fuerzas armadas, a las que les hizo un reconocimiento.

También llamó al Congreso a dar respuesta ante el derecho y reclamo de la sociedad por tener seguridad.

Por otra parte, indicó que aunque las recomendaciones a las secretarías de la Defensa Nacional y Marina se redujeron respecto de 2016, aún existen señalamientos por presuntas violaciones a derechos humanos que involucrarían conductas de evidente gravedad, como tortura, desaparición forzada o ejecución arbitraria.

Indicó que el aspecto fundamental se encuentra en el artículo 89 de la Constitución, pues se otorga al Ejecutivo la atribución de usar a las fuerzas armadas, no se especifica que deba coordinar a la autoridad civil y pensamos que ese agravio la Corte lo resuelva.

La ley, además, podría obligar a que instituciones como la propia CNDH o las universidades públicas entreguen datos personales a las fuerzas armadas y planteó que, por el contrario, no queda explícito a qué se refieren los conceptos de amenaza y riesgo para echar mano de militares y marinos.

En el caso de la protesta social y manifestaciones públicas, advirtió que la ley conviene en que no serán objeto de persecución por las fuerzas armadas, sólo si las movilizaciones se realizan conforme a la Constitución.


Con información de La Jornada


lrc