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Las pifias de la PGR que permitieron la liberación de "El Gil", clave en el caso Ayotzinapa

El 17 de septiembre de 2015, se anunció con “bombo y platillo” la captura de Gildardo López Astudillo, supuesto jefe de la organización criminal Guerreros Unidos

Escrito en NACIÓN el

Desde el momento en que fue anunciada la captura de Gildardo López Astudillo, “El Gil” el Estado dejó al descubierto los errores en las investigaciones de la entonces Procuraduría General de la República (PGR) que años después serían exhibidos en las dos sentencias de absolución a favor del capo.

La tarde del 17 de septiembre de 2015, el ex comisionado Nacional de Seguridad Pública, Renato Sales Heredia anunció con “bombo y platillo” la captura de Gildardo López Astudillo, supuesto jefe de la organización criminal Guerreros Unidos a partir de una investigación de 11 meses que originó una orden de aprehensión en su contra por los delitos de delincuencia organizada, secuestro y portación de armas de fuego, este último ni siquiera fue imputado por los fiscales.

“Gildardo López Astudillo cuenta con una orden de aprehensión en su contra por los delitos de delincuencia organizada, secuestro, además de que diversos imputados lo señalan directamente como el autor material de la desaparición de 43 alumnos de la Escuela Normal Rural, Raúl Isidro Burgos de Ayotzinapa en el estado de Guerrero. Las declaraciones ministeriales de distintos imputados por este caso, refieren que fue López Astudillo, quien se encuentra directamente relacionado con estos hechos”, mencionó el ex comisionado en la Secretaría de Gobernación (Segob).

En su mensaje Sales Heredia dijo que la acusación por la desaparición de los 43 estudiantes se basaba en los dichos de terceras personas. Las supuestas declaraciones de los procesados fueron determinantes para que el 26 de septiembre de 2018 Gildardo López fuera absuelto del delito de delincuencia organizada por la falta de datos de prueba. 

Diez meses después -el 30 de agosto de 2019- la historia se repetiría al ser absuelto del delito de secuestro. El motivo, la PGR hoy Fiscalía General de la República (FGR) no presentó pruebas contundentes que acreditaran el delito.

LA SILLA ROTA tuvo acceso a la sentencia absolutoria por del delito de secuestro emitida por el Juez Primero de Distrito de Procesos Penales Federales el pasado 30 de agosto en la cual se enlistan los errores que cometió el Ministerio Público al tratar de comprobar los cargos.

Entre los graves faltas del Ministerio Público federal se encuentra una declaración de Gildardo en la que niega el delito de secuestro, prueba que por obvias razones, fue desechada por el juez al especificar que “dicha declaración no acredita la participación del enjuiciado en la comisión del delito de privación ilegal de la libertad en la modalidad de secuestro de las aquí víctimas“.

Las pifias de la PGR-FGR

Al analizar los 35 datos de prueba que presentó la entonces Procuraduría General de la República hoy Fiscalía General de la República contra Gildardo López Astudillo, el Juez Primero de Distrito de Procesos Penales Federales fue claro: “el Ministerio Público no satisfizo la carga probatoria para acreditar su plena culpabilidad en la comisión del delito, ante esa insuficiencia probatoria y con fundamento en lo dispuesto por los artículos…el rubro: ‘Prueba insuficiente. Concepto de’: lo procedente es dictar sentencia absolutoria en su favor”.

El fallo del juez se basó en las declaraciones de tres inculpados, en testimoniales certificados de algunos de los alumnos que huyeron del ataque, así como en lo mencionado por un representante de la sociedad civil.

También en una opinión técnica relacionada con los restos óseos de uno de los 43 estudiantes; en informes de la Marina, Policía Federal, Policía Federal Ministerial y de la Procuraduría General de Justicia del estado de Guerrero; en la inspección de en un escrito publicado en un medio de comunicación, así como en informes y documentos emitidos por el gobierno de Estados Unidos, entre ellos, un comunicado del Departamento de Justicia de los Estados Unidos (DOJ por sus siglas en inglés)

Además, en las traducciones de comunicaciones entre supuestos integrantes de Guerreros Unidos, las cuales fueron interceptadas por el gobierno de Estados Unidos, así como en dictámenes forenses de la Universidad de Innsbruck, Austria. Todas estas pruebas fueron rechazadas.

Los 35 datos de prueba que presentó el Ministerio Público federal a cargo de la entonces Procuraduría General de la República hoy Fiscalía General de la República no tuvieron valor probatorio para el juez, al considerar que ninguno de ellos comprueba la culpabilidad de Gildardo López Astudillo en el delito de privación ilegal de la libertad en la modalidad de secuestro.

La “verdad de la histórica” que relató el ex procurador General de la República tuvo uno de sus desmentidos más importantes, ya que el Estado no fue capaz de comprobar las acusaciones contra Gildardo. El caso sigue impune.

El desmoronamiento de pruebas que presentó el Ministerio Público en el juicio inició con la prueba número 1: la declaración preparatoria de Gildardo López Astudillo del 25 de septiembre de 2014, en la que rechaza los cargos, pide la duplicidad de término y designa a sus defensores.

“Se desprende indiciariamente que el acusado no participó en el ilícito imputado, por lo que contrario a lo aseverado por el agente del Ministerio de la Federación, dicha declaración no acredita la participación del enjuiciado en la comisión del delito de privación ilegal de la libertad en la modalidad de secuestro de las aquí -víctimas-“, especificó el juez al rechazar la declaración preparatoria de Gildardo que el Ministerio Público intentó sustentar como dato de prueba.

Los descalabros continuaron al analizar las declaraciones de Martín Alejandro Macedo, Marco Antonio Ríos Berber y de Sidronio Casarrubias Salgado, testimoniales de los cuales no hay certeza que se hayan realizado de forma “voluntaria, sin coacción ni violencia física o moral y sin demora, pues sus desposados fueron vertidos en calidad de presentados ante la autoridad ministerial”.

“Se concluye que de las documentales públicas que únicamente contienen las declaraciones de Martín Alejandro Macedo Barrera; Marco Antonio Ríos Berber y Sídronío Casarrubias Salgado, alias "El Chino", con las que se integró la averiguación que dio origen a este proceso, se insta, no son suficientes para demostrar de manera fehaciente y en un contexto general y completo, que los deposados ahí contenidos se hubieren emitido voluntariamente, sin coacción ni violencia física o moral y salvaguardando derechos esenciales del procedimiento, lo que resulta suficiente para no concederles valor probatorio indiciario para demostrar las pretensiones de la fiscalía federal”.

Los estudiantes

La sentencia a la que tuvo acceso LA SILLA ROTA menciona que entre las pruebas mal argumentadas que presentó la Fiscalía contra Gildardo López Astudillo, se encuentran las declaraciones ante el Ministerio Público del fuero común (averiguación previa HID/SC/02/0993/2014) de los estudiantes: Luis Uriel Gómez Avelino, Alejandro Torres Pérez, Brayan Balanzar Medina, Luis Pérez Martínez, Miguel Ángel Espino Honorato. Ninguna de ellas menciona una acusación contra Gildardo López, ya que todas fueron tomadas el 27 de septiembre de 2014, horas después de los hechos.

“Estas declaraciones, previamente transcritas y valoradas en el considerando que antecede, no abonan a la acusación del fiscal en la parte que se analiza; esto es así, porque basta la sola lectura de las actas que las contienen, para concluir que ninguno de ellos señala que el enjuiciado Gildardo López Astudillo, alias ‘Gil’, haya participado directa o indirectamente en la privación ilegal de la libertad de los cuarenta y tres estudiantes de la Escuela Normal Rural Raúl Isidro Burgos de Ayotzinapa, Guerrero”.

La misma pifia fue cometida al presentar una copia certificada de la comparecencia de Jorge Santiago Aguirre Espinosa, en ese entonces Subdirector del Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez A.C.

“De su contenido tampoco se desprende algún señalamiento contra el citado López Astudillo, sino sólo lo que se destacó en el estudio relativo a la conducta-típica”.

Informes homologados, un archivo más

Las pifias de la Fiscalía continuaron al exhibir una copia certificada del oficio AIC-CGSP-01 228-2014, del 16 de diciembre de 2014 suscrita por Sara Mónica Medina Alegría, coordinadora General de Servicios Periciales de la entonces PGR, en el cual hace mención de los restos óseos de uno de los estudiantes, prueba “que en nada robustece la acusación del Ministerio Público en cuanto a la participación del acusado en la comisión del ilícito imputado”.

También fueron incluidos como datos de prueba contra Gildardo López Astudillo, copias certificadas de los oficios PGR/AI C/PFM/DGIPAM/PDl1 262212014, PGR/AIC/PFM/UAIORPFM/TLAX/MM/244812014, PGR/AIC/PFM/UAIOR/DF/CHIMAL/161 012014, PGR/AlC/PFM/D GIPAM/PD/12464/2014 y PGR/AIC/PFM/DGI PAM/PD/1 2464/2014, los cuales sólo detallan las puestas a disposición de más de 20 detenidos, pero ninguna el delito de secuestro que trataba de imputar el Ministerio Público.

“Tales informes tienen el alcance de justificar indiciariamente y salvo prueba en contrario, únicamente las circunstancias de modo, tiempo y lugar en que se realizó la detención de los sujetos que ahí se señalan; además, en su caso, las circunstancias en que se aseguraron los objetos que ahí se precisaron; sin embargo, de lo anterior no se desprende dato que acredite la participación del acusado en la comisión del ilícito imputado por la fiscal la, como ésta lo asevera”, mencionó al juez de desechar los oficios de las puestas a disposición.

“El Gil”, libre por falta de pruebas

Las pruebas aportadas por la Procuraduría General de la República hoy Fiscalía General de la República para sustentar el delito de privación ilegal de la libertad en la modalidad de secuestro en contra de Gildardo López Astudillo, “El Gil”, supuesto líder de la organización Guerreros Unidos, terminaron por desmoronarse con la presentación de informes del gobierno de Estados Unidos y de la Universidad de Innsbruck, Austria.

Entre ellas se encuentran un comunicado de la Oficina de Asuntos Internacionales del Departamento de Justicia de los Estados Unidos (DOJ por sus siglas en inglés); una acusación del Tribunal de Distrito de los Estados Unidos, para el Distrito de Illinois fechada el 18 de abril de 2017; así como transcripciones de los mensajes (interceptados) enviados a través de telefonía por supuestos integrantes de Guerreros Unidos.

Estos son algunos de los mensajes:

- “Que ‘…’ y ‘…’ conversaron (27 de septiembre de 2014), acerca de que se llevaron a los "munis" a Carpol y sobre la marcha que el segundo haría como apoyo a favor del presidente; además el primero indicó que el segundo alertara a ‘…’para que no intentaran ir a Huitzuco y les ordenara que informaran sobre cualquier persona sospechosa, que cerraran los caminos con los transportistas para que estuviera presente el gobierno federal; hicieron alusión a que el fiscal estaba con los ‘paquetes’ y que pondrían a algunos ‘cuates’ a diseñar páginas que los impactaran”.

- “Que ‘…’indica a ‘…’ (28 de septiembre de 2014) diga a la ‘gente’ que declare que los muchachos estaban armados, que verifique con Estrella Blanca para que hicieran que los conductores declararan que fueron interceptados, también las familias de los civiles muertos y heridos, la mujer que mataron en un taxi y que llamara a ‘…’ para que le hablara al hermano del presidente, porque éste también necesitaba colaborar, que todo fue su culpa por no revisar los autobuses; por su parte el segundo le informa que hay tres civiles muertos, entre ellos un niño y que los Ayotzinapos los atacaron”.

- “Que ’…’ informa a ‘…’ (30 de septiembre ·de 2014) que los ‘…’ en Aplaxtla se llevaron el teléfono de ‘…’ con el pin, así como píldoras y escopetas, que creía que su hermano ", tenía una línea con él, para que pudieran borrarlo”.

El ocaso de pruebas inexistentes que presentó la Fiscalía contra Gildardo López Astudillo finalizaron con la presentación de copias certificadas de traducciones hechas por la Coordinación de Servicios Periciales en la que un grupo de expertos “concluyeron que existe evidencia sólida que algunos de los restos óseos motivo de su análisis, pertenecen a la victima Alexander Mora Venancio, y evidencia moderada, que otros pertenecen a la víctima Jhosivani (sic)”.

Además incluyeron cuatro opiniones técnicas emitidas por expertos de la Universidad de Innsbruck, Austria, así como en una copia certificada del dictamen de medicina forense, folio 13764, ninguna de ellas, con pruebas contra Gildardo.

“En cuanto al contenido de las probanzas suscritas, con independencia del valor que pudiera corresponderles, basta la sola lectura a su contenido para constatar que, contrario a lo aseverado por el Agente del Ministerio Público de la Federación, las mismas no arrojan dato que demuestre la participación del aquí acusado en la comisión del delito de privación ilegal de la libertad en la modalidad de secuestro, cometido en agravio de las -victimas- estudiantes de la Escuela Normal Rural ‘Raúl Isidro Burgo’ de Ayotzinapa, Guerrero (sic)”, mencionó el juez al rechazar los datos de prueba.

Ante la falta de elementos, el juez determinó liberar a Gildardo López Astudillo, considerado por el gobierno federal como líder de Guerreros Unidos y pieza clave para conocer el paradero de los estudiantes, investigación que sigue impune.

“Ante ese panorama, se dicta SENTENCIA ABSOLUTORIA, en favor de Gildardo López Astudillo, alias ‘Gíl’, respecto del delito de: Privación ilegal de la libertad en la modalidad de secuestro, previsto y sancionado en los articulas 9, fracción 1, inciso e), y 10, fracción 1, incisos b) y e), de la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, Reglamentaria de la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, cometido en agravio de las aquí –víctimas -“.


 djh