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Las nuevas reglas del INE para la elección 2018

El INE avaló la difusión de los spots de los precandidatos José Antonio Meade y Andrés Manuel López Obrador en TV y redes sociales

Escrito en NACIÓN el

La autoridad electoral federal declaró improcedente aplicar medidas cautelares contra spots del precandidato del Partido Revolucionario Institucional (PRI), José Antonio Meade, así como contra Andrés Manuel López Obrador y Morena.

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En sesión extraordinaria urgente, la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) determinó en el primero caso de los spots de Meade, “Mujeres y Visión”, pautados para radio y televisión, no representan actos anticipados de precampaña.

Tampoco consideró uso indebido de la pauta, pues se ajustan a los recientes criterios y directrices establecidos por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) para la promoción de precandidatos únicos.

Esto en virtud de que se identifica a José Antonio Meade como precandidato del PRI a la Presidencia de la República, y contiene la leyenda “Mensaje dirigido a los miembros de la Convención Nacional de Delegados del PRI”.

La Comisión determinó que el video “Spot PRI Mujeres” en YouTube se ubica en una cuenta de redes sociales y, por ende, goza de un ámbito reforzado de libertad de expresión.

Otra segunda solicitud de medidas cautelares también del Partido de la Revolución Democrática (PRD) contra Meade por el un video con el lema ¡El momento es ahora!, difundido en Twitter y en el portal de SDPNoticias, fue declarada improcedente por la autoridad electoral.

En este caso, la Comisión determinó que no constituyen actos anticipados de precampaña y campaña, uso indebido de recursos públicos, promoción personalizada ni violación a la reglas de propaganda de precampaña.

AMLO también la libra

En otro punto, la Comisión de Quejas declaró la improcedencia de las medidas cautelares formuladas por un ciudadano en contra de Morena y Andrés Manuel López Obrador.

Determinó también que no hubo presuntos actos anticipados de campaña, así como el probable uso indebido de la pauta local de la Ciudad de México, Jalisco, Guanajuato y Yucatán, por la difusión de dos promocionales.

Determinó que los spots “Estaríamos mejor” y “Estaríamos mejor empresario” en radio y televisión deben ser considerados como propaganda genérica válida para difundirse en la pauta de precampaña local como federal. 

Tampoco se advierte de forma clara y expresa el nombre, voz o imagen de López Obrador y no contiene mensajes o expresiones que, de forma clara y directa, llamen a votar a favor o en contra de determinada persona o fuerza política.