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Las 5 fallas que juez ordena revisar en caso Ayotzinapa

En dicho expediente se explica que el director de área en la Visitaduría General no se pronunció como correspondía en estos temas

Escrito en NACIÓN el

La Visitaduría General de la Procuraduría General de la República (PGR) recibió la orden por parte de un juez federal de realizar una nueva investigación que determine si los funcionarios que participaron en las diligencias del caso Iguala tienen responsabilidades penales, informó este domingo el diario Milenio.

Esta nueva sentencia no modifica la investigación del caso, sin embargo, puntualiza la sentencia de Martín Adolfo Santos Pérez, juez Tercero de Distrito en Materia Administrativa con sede en la Ciudad de México, que la Visitaduría no realizó una investigación exhaustiva contra los servidores públicos.

De esta forma, se deja sin efecto el acuerdo dictado por la propia visitaduría en diciembre de 2016, donde se determinaba que siete servidores públicos, como Tomás Zerón de Lucio, ex director de la Agencia de Investigación Criminal (AIC), sólo cometieron faltas administrativas en la investigación del caso Iguala.

En dicho expediente se explica que el director de área adscrito a la Dirección General de Asuntos Internos en la Visitaduría General no se pronunció como correspondía con respecto a:

-         La probable responsabilidad del director de la AIC por haber realizado investigaciones en las inmediaciones del río San Juan, en Cocula, Guerrero, el 28 de octubre de 2014, “sin encontrarse bajo la conducción del agente del Ministerio Público en virtud de legítimo mandamiento”.

-         “El análisis de los dictámenes de integridad física de Agustín García Reyes, El Chereje, en relación con actos relacionados con tortura, tratos crueles, inhumanos y degradantes”.

El Chereje es un presunto sicario de Guerreros Unidos y es señalado como asesino de los estudiantes. Él fue liberado en octubre pasado bajo reservas de ley.

Santos Pérez también mencionó que se cometieron las siguientes irregularidades en las investigaciones:

-         Al no integrarse al expediente todo el acervo probatorio, como son fotografías o videos;

-         Falta de constancia legal de que se haya ordenado el resguardo de la zona del Río San Juan al terminar las investigaciones de campo;

-         Ausencia de informe sobre la intervención policial en el Río San Juan.

-         Inexistencia de constancias que acrediten la existencia de las cuatro bolsas de plástico mencionadas por la AIC;

-         Sugerir que estuvo presente en las diligencias en el río San Juan el personal de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos

El juez federal, luego de estudiar las constancias de autos, determinó que “la autoridad responsable no realizó un estudio exhaustivo de la totalidad de las probables conductas irregulares atribuidas a diversos servidores públicos”, detalla la sentencia.

cmo