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Juez de Control en caso Robles no será el mismo en el juicio: Judicatura

El CJF destaca que el diseño del sistema de justicia adversarial prevé que un juez que fungió en su calidad de Control en una etapa del procedimiento no podrá conocer del propio asunto en la etapa de juicio

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Tras el deseo de la defensa de la extitular de Sedesol, Rosario Robles, de cambiar a Felipe de Jesús Delgadillo Padierna, juez que lleva su caso, el Consejo de la Judicatura Federal (CJF) informó que "la asignación de asuntos a juezas y a jueces es aleatoria, automatizada y exclusiva".

Julio Hernández, abogado de la exfuncionaria, anunció que presentaría una queja ante el CJF, contra dicho juez por su actuar y resoluciones durante las audiencias de la exfuncionaria durante el gobierno de Enrique Peña Nieto, además de que es sobrino de la funcionaria Dolores Padierna.

Por lo que a través de un comunicado el CJF puntualizó: "Respecto al turno por el que se asigna un asunto, se aclara que los Centros de Justicia Penal Federal se rigen por un doble filtro en el caso de la Ciudad de México: el primero confiere competencia temporal a cada Centro de manera rotativa”.

Además, el órgano judicial aseguró que hasta ahora no ha recibido una queja o recurso formal para que el juez, quien vinculó a proceso y dictó prisión preventiva a Rosario Robles, no lleve el caso.

Así, subrayó que el diseño del sistema de justicia adversarial prevé que un juez que fungió en su calidad de Control en una etapa del procedimiento no podrá conocer del propio asunto en la etapa de juicio.

"Debiendo conocer otro juez del mismo Centro de Justicia Penal, o del Centro más cercano en caso de no ser posible", asentó.

El Consejo de la Judicatura Federal emitió un comunicado a raíz de las afirmaciones de parentesco del citado juez con la diputada Dolores Padierna Luna.

Resaltó que en la resolución 314/2019, el juez invocó como fundamento para dictar la prisión preventiva de Rosario Robles el artículo 168, fracción I del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP).

El CJF detalló que de ser presentado el recurso por la defensa de la extitular de Sedesol, "será resuelto en estricto apego a derecho, como ocurre con todas las resoluciones".

"En la resolución 314/2019, el Juez invocó como fundamento para dictar la prisión preventiva el artículo 168, fracción I del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP). Estimó actualizada la medida cautelar con motivo de haberse presentado dos domicilios distintos entre el declarado por la imputada y el que obra en poder de las autoridades. Lo anterior, señaló, constituye la presunción de riesgo de fuga", se detalló en un comunicado el CJF.

MJP