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INAI le responde a AMLO, “es mentira que se defienda a empresas”

El actuar del organismo autónomo se centra en garantizar que los derechos de acceso a la información y de protección de datos personales sean respetados, precisó

Escrito en NACIÓN el

El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai) aseguró que defiende la privacidad de las personas y los datos delicados de los ciudadanos, por lo que es mentira que la decisión de interponer una acción de inconstitucionalidad contra la reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTyR), por la que se crea el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (PANAUT) favorece a las empresas de telefonía, como asegurara el presidente Andrés Manuel López Obrador.

El presidente Andrés Manuel López Obrador se lanzó este miércoles contra compañías telefónicas, entre las que mencionó a Telmex, por operar contra el Panaut; acusó también al Inai de ser defensor de intereses creados ante la acción de inconstitucionalidad que promovió en contra del padrón.

"Inai, Ifetel (sic), Cofece... todos esos y muchos más se crearon para defender a grupos de intereses creados, a grandes empresas y a los que se dedicaban a saquear al país. Este de la transparencia se negó a entregar expedientes de Odebrecht y resolvió mantener en secreto esos expedientes de la que daba sobornos a los que decía de la corrupción", dijo en conferencia mañanera del 28 de abril.

López Obrador señaló que "a las telefónicas lo único que les importa es el dinero, su Dios es el dinero, entonces se lanzan porque van a dejar de vender según ellos, de lucrar".

El Inai, aseguró en un comunicado de este jueves 29, que tiene como “mandato constitucional promover y garantizar los derechos de acceso a la información y de protección de datos personales, por lo que su actuar se centra en defender y hacer que estos dos derechos humanos sean respetados en todo momento”. 

La determinación del Pleno del INAI, agregó, de interponer la acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en contra de la reforma fue en defensa de las y los ciudadanos, “que verán afectados sus derechos por la obligación de proporcionar sus datos biométricos, para ser inscritos en el PANAUT”. 

¿POR QUÉ SE COMPROMETEN LOS DERECHOS DE LOS CIUDADANOS?

El Inai resalta que la reforma no especifica qué datos biométricos se incluirán en el padrón, quién o quiénes los van a recabar, bajo qué medidas de seguridad se efectuará ese procedimiento, y tampoco se establece qué tratamiento se le va a dar a esta base de datos.

El órgano autónomo precisó que tiene la facultad de hacer uso de este medio de control constitucional está prevista en el artículo 105 de la Carta Magna, con la finalidad de que el Instituto la ejerza cuando advierta que alguna norma vulnera o pone en riesgo los derechos que le corresponde tutelar.

Tras un análisis minucioso de la reforma a la LFTyR, se advirtió que diversas disposiciones afectan no solo el derecho a la protección de datos personales, sino también el de acceso a la información, por lo que, por unanimidad, se acordó el 27 de abril pasado, interponer una acción de inconstitucionalidad, con el propósito de que la SCJN sea la instancia que determine si estos dos derechos humanos pueden verse afectados o vulnerados.

Resaltó que también ha emitido resoluciones en contra de empresas de telecomunicaciones ante las denuncias presentadas por la ciudadanía por la vulneración de sus datos personales. 

Al año 2021, el Instituto llevó a cabo 24 procedimientos de imposición de sanciones en contra de diversas empresas de telecomunicaciones por infringir la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (LFPDPPP), los cuales derivaron en multas por un total de 55 millones 574 mil 189 pesos. 

Asimismo, inició 109 procedimientos de protección de derechos y 21 procedimientos de verificación en contra de empresas de telefonía que violaron la LFPDPPP. 

“Al ser una Institución que forma parte del Estado Mexicano, el INAI no se opone ni es contraria a la implementación de estrategias y planes que propicien la disminución de la inseguridad, el combate a la delincuencia y en particular a la extorsión y el secuestro; sin embargo, por ser un organismo especializado en la garantía de los derechos humanos de acceso a la información y protección de datos personales, no puede soslayar intervenir en el marco de las leyes vigentes cuando dichas garantías se vean vulneradas, como se presume en el caso de la reforma a la LFTyR”, expuso el órgano autónomo.

(djh)