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Inai hace pública su demanda contra Padrón de Telefonía Móvil

El pasado 24 de abril, el pleno del Instituto avaló presentar una acción de inconstitucionalidad en contra del Panaut, conformado por datos biométricos de usuarios

Escrito en NACIÓN el

El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos (Inai) hizo pública la demanda de acción de inconstitucionalidad que promovió ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación en contra de las reformas a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión por las que se crearía el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Panaut) integrado por datos biométricos de los clientes de compañías telefónicas.

Al permitir a las autoridades federales el acceso a dicho padrón, el Inai consideró que con ello “se viola la protección de los datos personales, incluidos datos sensibles como los biométricos; viola el derecho de toda persona al libre acceso a la información plural y oportuna, así como a buscar, recibir y difundir información e ideas de toda índole por cualquier medio de expresión”, de acuerdo con el documento.

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Se agrega que con las reformas a la LFTyR “se socava la obligación del Estado de garantizar el derecho de acceso a las tecnologías de la información y comunicación, así como a los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones, incluido el de banda ancha e internet”, además de que se “viola el derecho a la no retroactividad de la ley en perjuicio de persona alguna; viola el derecho a la legalidad y el derecho a la seguridad jurídica; viola los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición de los datos personales; y transgrede las facultades establecidas a favor del Congreso de la Unión para legislar en materia de datos personales tanto en posesión de sujetos obligados como de particulares, como se demostrará en los conceptos de invalidez”.

El pasado 24 de abril, el pleno del Instituto avaló presentar una acción de inconstitucionalidad en contra del Panaut.

Los consejeros del Inai votaron, por unanimidad, el acuerdo para impugnar, ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ,la reforma avalada por el Congreso que expone los datos biométricos de los ciudadanos a las empresas de telefonía celular.

Una vez admitido el recurso, la Suprema Corte de Justicia deberá votar, con ocho votos a favor –por requerir mayoría calificada– la acción, y así se conseguiría echar atrás la reforma de telecomunicaciones.

Tras ser aprobada la presentación de la controversia ante la SCJN por parte del Inai, el presidente Andrés Manuel López Obrador acusó al Instituto de proteger los intereses de compañías telefónicas.

El pasado 12 de mayo, el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) aprobó de igual manera promover un recurso de inconstitucionalidad contra el padrón de datos biométricos.

(djh)