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IFT presenta controversia contra padrón de datos biométricos

El recurso presentado por la IFT menciona que la determinación viola su autonomía presupuestal

Escrito en NACIÓN el

El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) presentó una controversia constitucional en contra de diversas disposiciones del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Panaut) que obliga a los usuarios de celulares a entregar datos personales y biométricos.

“Con el escrito y anexos, fórmese y regístrese el expediente físico y electrónico relativo a la controversia constitucional que hace valer quien se ostenta como Comisionado en suplencia por ausencia del comisionado presidente del Instituto Federal de Telecomunicaciones”.

El recurso, presentado el pasado 27 de mayo en la Suprema Corte de Justicia, menciona que la determinación viola su autonomía presupuestal, ya no cuenta con los recursos necesarios para cumplir con el decreto que fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

“El IFT no cuenta con los recursos para cumplir el mandato legislativo de poner en marcha el registro del Panaut con cargo a su presupuesto", informo en un comunicado el instituto.

Al dar a conocer que se presentó la controversia, el IFT mencionó: “este ordenamiento legal contraviene su autonomía presupuestal, consistente en llevar a cabo la planeación y ejercicio de los recursos que considera necesarios de forma autónoma, eficaz y oportuna en el marco de sus competencias".


Antes del IFT el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) ya había presentado la misma petición al considerar que a medida viola los Derechos Humanos de Acceso a la Información Pública y de Protección de Datos Personales.

Las acciones de inconstitucionalidad se suman a las múltiples suspensiones que el juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones ha otorgado a diferentes usuarios contra el Panaut.

Al otorgar las suspensiones, el juzgador reconoció que la medida del gobierno federal busca mejorar las investigaciones que se realizan por posibles delitos. Sin embargo, no hay evidencia que el padrón permita una mejor persecución de posibles ilícitos.

Se aprecia cómo es que la entrega de esos datos personales, como excepción al principio de su protección, podría influir de manera positiva en las actividades de seguridad pública que el Estado está obligado a desplegar e, incluso, no se entiende en qué medida se podría ver favorecida la investigación y persecución del delito, pues la entrega de aquellos datos personales no constituye una condición necesaria para que las instancias respectivas investiguen más o mejor

El juez también mencionó que las labores de seguridad pública que realice el Estado deben de respetar los derechos humanos tal y como lo estableció el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la jurisprudencia que lleva por rubro: "Seguridad Pública. Su realización presupone el respeto al derecho y en especial de las garantías individuales".

MJP