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Gómez Fierro concede primera suspensión para frenar entrega de datos biométricos

Un usuario recibió la primera suspensión provisional para no entregar sus datos biométricos por usar un teléfono celular

Escrito en NACIÓN el

El juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, que dirige el juez Juan Pablo Gómez Fierro, concedió la primera suspensión provisional contra el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (PANAUT) con el que se busca que todos los usuarios entreguen sus datos biométricos y personales.

El nombre de Gómez Fierro tomó relevancia luego de que emitiera diversas suspensiones contra la Ley Eléctrica del presidente López Obrador, lo que obligó a frenar su implementación y  desencadenó ataque de la Presidencia contra el Poder Judicial.

Además del primer peticionario al que le fue otorgada la suspensión, los ciudadanos Donovan Alberto García Colorado y Ramón Cerda Quiroz, también solicitaron el mismo recurso, sin embargo, hasta el momento no se les ha otorgado ya que tienen un plazo de cinco días para precisar sus argumentos. 

La medida fue otorgada a una semana de que el Pleno del Senado aprobó, en lo general y en lo particular, el dictamen mediante la cual se crea un padrón con los datos biométricos de los usuarios de teléfonos celulares en el país.

De acuerdo con el juez, la suspensión otorgada a Oscar González Abundis, le permite al peticionario excluirse de registrar, por el momento, su línea telefónica móvil en el PANAUT. Además, también lo protege para que no sea cancelado su número de celular al no efectuar el registro. 

“En ese sentido, se precisa que, en el caso, la suspensión provisional que se concede para el efecto de que no se aplique al quejoso la obligación establecida en la norma reclamada consistente en registrar su línea telefónica móvil en el PANAUT y, en consecuencia, no le sea cancelada por su falta de registro”. 

Al otorgar la suspensión provisional, el juzgador reconoció que la medida del gobierno federal busca mejor las investigaciones que se realizan por posibles delitos. Sin embargo, no hay evidencia que el padrón mejore la persecución de posibles ilícitos.

“Se aprecia cómo es que la entrega de esos datos personales, como excepción al principio de su protección, podría influir de manera positiva en las actividades de seguridad pública que el Estado está obligado a desplegar e, incluso, no se entiende en qué medida se podría ver favorecida la investigación y persecución del delito, pues la entrega de aquellos datos personales no constituye una condición necesaria para que las instancias respectivas investiguen más o mejor”.

El juez también mencionó que las labores de seguridad pública que realice el Estado deben de respetar los derechos humanos tal y como lo estableció el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la jurisprudencia que lleva por rubro: “Seguridad Pública. Su realización presupone el respeto al derecho y en especial de las garantías individuales”.

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En el documento donde se informa de la suspensión provisional, el juez menciona que cancelar la línea a cualquier ciudadano que no se registre, influiría en el derecho de acceso a las tecnologías de la información y comunicación, así como a los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones.

“En ese sentido, si a los usuarios que no registren su línea telefónica móvil en el PANAUT [proporcionando sus datos personales y biométricos] se les cancelara, es indudable que la norma reclamada incide en otros derechos, ya que su incumplimiento influiría en el derecho de acceso a las tecnologías de la información y comunicación, así como a los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones, lo que a su vez, repercutiría en el derecho al libre acceso a información plural y oportuna, así como a buscar, recibir y difundir información e ideas de toda índole por cualquier medio de expresión, reconocidos en el artículo 6 de la Constitución”.


(Luis Ramos)