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Este 1 de enero entra en vigor aumento al salario mínimo del 15%

A partir de este 1 de enero entrará en vigor el nuevo incremento al salario mínimo para las y los trabajadores del país

Escrito en NACIÓN el

Por tercer año consecutivo, el gobierno federal incrementará el salario mínimo para las y los trabajadores, aumentando un 15 por ciento a nivel nacional.

El pasado 23 de diciembre se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Resolución del Consejo de Representantes de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos mediante la cual se establecen los salarios mínimos para el año 2021.

El nuevo incremento al salario mínimo tendrá vigencia a partir del 1 de enero de 2021, y se incrementará un 15 por ciento. Es decir ahora será de 213.39 pesos diarios por jornada diaria de trabajo en el área geográfica de la Zona Libre de la Frontera Norte, cuyo incremento se compone de 15.75 pesos del Monto Independiente de Recuperación (MIR) más un factor por fijación del 6 por ciento, mientras que para el resto del país el salario mínimo general será de 141.70 pesos diarios, por jornada diaria de trabajo, cuyo incremento se compone de 10.46 pesos de MIR más 6 por ciento de aumento por fijación.

Este cambio cumple con lo establecido en el Artículo 335 de la Ley Federal del Trabajo, donde se establece que la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos debe fijar los salarios mínimos para los y las trabajadoras del hogar, así como en el Artículo 280 Bis, fijar los salarios mínimos profesionales de las y los trabajadores del campo.

También se incorpora al sistema de salarios mínimos profesionales el trabajo especial de jornalero(a) agrícola, su descripción y la diferencia salarial de 30% con respecto al salario mínimo general vigente en 2020 en la zona del resto del país. En la Zona Libre de la Frontera será igual al salario mínimo general de dicha zona. Además, el trabajo especial de Trabajador(a) del hogar, su descripción y la diferencia salarial de 25% con respecto al salario mínimo general en la zona del resto del país vigente en 2020. En la Zona Libre de la Frontera será igual al salario mínimo general de dicha zona.

Los salarios mínimos profesionales que tendrán vigencia a partir del 1 de enero de 2021, para las profesiones, oficios y trabajos especiales, serán la cantidad mínima que deben recibir en efectivo los trabajadores por jornada diaria de trabajo, y serán los que figuran en el resolutivo octavo.