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Echan para atrás altas penas contra plagiarios

Los magistrados del Segundo Tribunal Colegiado Penal coincidieron, por unanimidad, en que los castigos son desproporcionados

Escrito en NACIÓN el

Un tribunal federal declaró inconstitucional el artículo 10 de la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, con el cual se establecían agravantes que aumentan condenas de 50 hasta 100 años de prisión.

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Los magistrados del Segundo Tribunal Colegiado Penal coincidieron, por unanimidad, en que los castigos son desproporcionados, por lo que ordenaron reponer el procedimiento a dos sentenciados por secuestro exprés e imponerles una nueva condena, que será menor a la anterior.

Con esto no se da reversa a la condena de culpabilidad de los secuestradores, sino que se les tendrán que aplicar las penas establecidas con la entrada en vigor de la Ley Antisecuestro, que iban de 20 a 40 años de prisión con agravantes.

La resolución dictada en los amparos directos 31 y 32/2018 por ahora sólo aplica para los quejosos Miguel Ángel García Villalobos y Edmundo Robles García.

Está pendiente que se discuta en un pleno de circuito para definir si se aplica o no como jurisprudencia en los juzgados y tribunales de la capital del país, pues previamente otro tribunal colegiado abordó el mismo tema y lo resolvió con el criterio contrario, según datos de Reforma.

lrc