Main logo

Dan revés a Guillermo Padrés, delito de lavado continua vigente

El exgobernador buscaba que se anulara el ilícito al argumentar que ya había caducado o prescrito

Escrito en NACIÓN el

Por un error de su defensa, el exgobernador de Sonora, Guillermo Padrés Elías fue notificado que el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita, que le imputa el Ministerio Público por más de 11 millones 186 mil 895 pesos continúa vigente.

Padrés solicitó una revisión a la sentencia del Segundo Tribunal Unitario del Segundo Circuito, en la que determinó infundado el incidente no especificado como “exclusión del delito” a través del cual el exgobernador buscaba que se anulara el ilícito al argumentar que ya había caducado o prescrito.

“En el presente asunto se resolvió por unanimidad de votos con la precisión anotada confirmar la sentencia recurrida y negar la protección constitucional al quejoso. El acto reclamado en el juicio de amparo del que deriva el presente recurso de revisión lo es la resolución por la cual tribunal de amparo determinó confirmar la diversa interlocutoria apelada, en la que el Segundo Tribunal Unitario del Segundo Circuito, con sede en esta ciudad declaró procedente pero infundado el incidente no especificado denominado exclusión del delito".

El delito es el de operaciones con recursos de procedencia ilícita en la hipótesis de quien por interpósita persona adquiera dentro del territorio nacional, recursos con conocimiento de que proceden de una actividad ilícita, con el propósito de ocultar el origen, localización, destino y propiedad de dichos recursos.

De acuerdo con la sentencia que emitió el Tribunal Colegiado en el Estado de México, la defensa argumentó la “exclusión del delito” y no la “exclusión de responsabilidad”, la cual era la idónea para que le otorgaran el amparo al determinarse que no hay elementos de prueba en su contra.

“Al considerar acertados los planteamientos realizados por el Tribunal Unitario es que se llegó esa conclusión de resolver en la forma en que se indicó, únicamente se realizó una precisión en cuanto a la fracción del artículo 298 del Código Federal de Procedimientos Penales, pues acorde a la pretensión del inculpado este cuerpo colegiado consideró que debe ser la VIII , no la VI y IV, ello al atender estrictamente que a través de la incidencia plateada por el quejoso y su defensa solicitaron expresamente la exclusión del delito y no la de la responsabilidad”.

Padrés continuará libre (con medidas cautelares), pero tendrá que seguir enfrentando el juicio que le imputó la extinta Procuraduría General de la República (PGR), hoy, Fiscalía General de la República (FGR) en 2014.

Hasta el momento, el exgobernador ha logrado echar abajo tres acusaciones: delincuencia organizada, así como dos de operaciones con recursos de procedencia ilícita.