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Corte devuelve a IFT facultad de defensoría de audiencias de radio y TV

El proyecto que devuelve esta facultad al IFT del ministro Javier Laynez Potisek fue aprobado por la Segunda Sala de la Corte

Escrito en NACIÓN el

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió este miércoles devolver al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) la facultad para dictar lineamientos que protejan los derechos de audiencias a los concesionarios de radio y televisión.

El proyecto que devuelve esta facultad al IFT del ministro Javier Laynez Potisek fue aprobado por la Segunda Sala de la Corte.

Esta resolución de los ministros de la Corte fue la confirmación de un amparo concedido desde 2019 a la Asociación Mexicana de Defensorías de las Audiencias (AMDA) y a tres personas físicas.

A partir de este fallo, el Congreso tendrá que derogar la reforma al artículo 256 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR), que se aprobó en el sexenio de Enrique Peña Nieto.

Fue en 2017 cuando se dio luz verde a reformas que dejaban en poder de los medios de comunicación la forma de operación que adoptarían.

El Congreso aprobó que los concesionarios de radio y televisión se autorregularan en cuanto a sus contenidos, lo que quitó la facultad al IFT de defender a las audiencias de radio y televisión, cuando estas vieran vulnerados sus derechos.

Sin embargo, los comisionados del IFT decidieron en aquel momento no acudir ante la Suprema Corte para interponer un recurso de controversia constitucional.

Luego vinieron las controversias constitucionales desde otros círculos hasta que este viernes la Corte resolvió devolverle la facultad de defender a las audiencias al IFT.

 

(Luis Ramos)