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Consumo recreativo de marihuana será posible con amparo: SCJN

La corte informó que a cualquier persona que solicite amparo para consumo lúdico y recreativo de marihuana le será otorgado

Escrito en NACIÓN el

Este viernes la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) publicó en su semanario ocho jurisprudencias en las que se establece que cualquier persona que solicite un amparo a partir del próximo lunes en un juzgado federal  para el consumo lúdico y recreativo de mariguana, le debe ser otorgado.

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Luego de en que diciembre pasado se completaran las cinco jurisprudencias, el pleno comenzó la redacción de las jurisprudencias, las cuales fueron publicadas hoy en el Semanario Judicial de la Federación.

Esta semana, el máximo pleno del país emitió una jurisprudencia en la que declaró como inconstitucional la prohibición del uso lúdico de la planta.

Antes de la publicación, los jueces tenían la facultad de negar los amparos de autoconsumo de marihuana emitidos a través de la Comisión Federal de Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), ya que la ley lo prohibía parcialmente el consumo del enervante.

Las ocho jurisprudencias son:

Tesis: 1a./J. 9/2019 (10a.), Semanario Judicial de la Federación, Publicación: “Prohibición absoluta del consumo lúdico. No es una medida proporcional para proteger la salud y el orden público.

Tesis: 1a./J. 7/2019 (10a.), Semanario Judicial de la Federación, Publicación:

“Prohibición absoluta del consumo lúdico de marihuana. Ésta persigue  finalidades constitucionales validadas”.

Tesis: 1a./J. 10/2019 (10a.), Semanario Judicial de la Federación, Publicación: “Inconstitucionalidad de la Prohibición absoluta al consumo lúdico o recreativo de marihuana por la genera de salud”.

 Tesis: 1a./J. 6/2019 (10a.), Semanario Judicial de la Federación, Publicación: “Derechos de terceros y orden público. Constituyen límites externos del derecho al libre desarrollo de la Personalidad”.

Tesis: 1a./J. 8/2019 (10a.), Semanario Judicial de la Federación, Publicación:

“Derecho a la protección de la salud. Dimensiones individual y social”.

Tesis: 1a./J. 4/2019 (10a.), Semanario Judicial de la Federación, Publicación:

“Derecho al libre desarrollo de la personalidad. Su dimensión externa e interna”.

Tesis: 1a./J. 3/2019 (10a.), Semanario Judicial de la Federación, Publicación: “Derecho al libre desarrollo de la personalidad. La prohibición para el autoconsumo de marihuana contenida en la Ley General de Salud incide prima facie en el contenido de dicho derecho fundamental”.

Tesis: 1a./J. 5/2019 (10a.), Semanario Judicial de la Federación, Publicación: “Derecho al libre desarrollo de la personalidad. Brinda protección a un área residual de la libertad que no se encuentra cubierta por las otras libertada des públicas”.