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Conacyt hizo pagos improcedentes a investigadores

La ASF detectó que el Conacyt pagó, de manera irregular, 5,203,600 pesos a investigadores, de los cuales no pudo recuperar 4,026,200 pesos

Escrito en NACIÓN el

El Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (Conacyt) realizó pagos en demasía a investigadores en 2008, 2014, 2016 y 2018 que ascendían a 5 millones 203 mil 600 pesos. Pese a intentar cobrarlos, el procedimiento para hacerlo vence a los tres meses, y aunque se pidió a 107 investigadores devolverlos, 4 millones 26 mil 200 pesos se consideraron incobrables.

Así lo determinó el informe individual de la Auditoría Superior de la Federación del primer cuatrimestre de 2018.

La auditoría también halló que el Conacyt hizo varios pagos que sumaron 137 mil pesos a un investigador sancionado que perdió el derecho a un estímulo económico. El Consejo también entregó recursos a tres investigadores mediante tres instituciones privadas con las cuales no tenía convenio de colaboración, por 722 mil 500 pesos. Estas irregularidades equivalieron a 859 mil 710 pesos por aclarar.

Pagos en demasía

En cuanto a los pagos en demasía, se trata de pagos a investigadores que notificaron de manera tardía su cambio de situación laboral al Conacyt y por lo tanto que ya no debían recibir estímulos económicos.

El 31 diciembre de 2018, el SNI reportó un saldo por pagos en demasía de estímulos a investigadores, por 5 millones 203 mil 600 pesos, correspondientes a 128 investigadores, cuyas antigüedades son de los ejercicios de 2008, 2014, 2016, 2017 y 2018.

El plazo para recuperar los pagos es de tres meses, a partir de la notificación al Conacyt, de acuerdo con el procedimiento denominado “La determinación, seguimiento y cancelación de los estímulos económicos por notificación extemporánea”.

El consejo informó que, de la cancelación de 107 registros de pagos en demasía, equivalentes a un monto de 4 millones 026 mil 200 pesos se tomaron acciones por parte de su Unidad de Asuntos Jurídicos, que emitió un dictamen jurídico de “notoria imposibilidad de cobro” y se dictaminaron incobrables los 107 casos.

Es de precisar, que las acciones efectuadas por la Unidad de Asuntos Jurídicos, se acreditaron con correos electrónicos y avisos remitidos por la Subdirección de Asuntos Contenciosos por los ejercicios 2016 a 2018 a los investigadores con la finalidad de tratar el tema del reembolso correspondiente, con lo que se aclara lo observado

El Conacyt consideró que dichos pagos en demasía no representan hechos económico-financieros que alteren el patrimonio.

Para el caso de los estímulos económicos no surte algún efecto en el patrimonio del Conacyt” ya que “el recurso que se otorga para el SNI, presupuestariamente se genera del capítulo 4000 Subsidios, por ello una vez que se entrega el recurso se considera devengado…

Pero no aclaró por qué únicamente registró en cuentas de orden, un saldo por 153.3 miles de pesos, sin reconocer el saldo restante, por 5,050.3 miles de pesos, por lo que la observación de la ASF continúa en este aspecto, de acuerdo con el documento.

Pagos sin justificar

La ASF comparó las instituciones privadas consideradas en la base de datos denominada “Padrón de investigadores al 31 de diciembre de 2018” de los 1 mil 593 investigadores adscritos al Sistema Nacional de Investigadores, con el listado de los 217 convenios formalizados. Con ello se determinó que se pagaron estímulos económicos a cinco miembros del SNI, por 722 mil 500 pesos, pese a que estuvieron adscritos a tres instituciones privadas de las que no se acreditó el convenio de colaboración vigente con el Consejo, por lo que dichos pagos no estuvieron justificados.

La Auditoría aclaró en el informe que el estímulo económico es otorgado por el Conacyt directamente a los investigadores miembros del SNI y no a las instituciones privadas.

De dichas observaciones se informó a la Unidad de Asuntos Jurídicos del Consejo, para solventar o explicar las irregularidades. Pero el resultado fue que no proporcionó documentación que aclare ni justifique los pagos a los cinco investigadores, por 722.5 miles de pesos, adscritos a instituciones privadas y que no contaron con un convenio formalizado con el Conacyt.

El Consejo realizó 217 convenios de colaboración con el mismo número de instituciones privadas, de los cuáles 90 convenios tienen por objeto establecer las condiciones a las que se sujetará la colaboración entre la institución y el Conacyt, para que los investigadores adscritos a dichas instituciones puedan recibir los estímulos económicos asociados con el nombramiento que les corresponda.

Pese a que los convenios establecen obligaciones para la institución privada como notificar cambios de la situación laboral de los investigadores, cumplir con las actividades de investigación, desarrollo tecnológico, innovación y formación de capital humano de posgrado, e invertir recursos equivalentes al monto del estímulo otorgado por el Consejo a sus investigadores, se observó que sólo 14 consideraron la obligación para la institución privada de emitir un reporte de las actividades relacionadas con el cumplimiento del citado plan.

Conacyt no justificó las causas por las que en los 76 restantes casos no se incluyó tal obligación, tampoco evidenció contar con los reportes que permitieran constatar que las instituciones cumplieron con los compromisos adquiridos en los planes de desarrollo.

Otra anomalía es que de los reportes de actividades de 79 de las 90 instituciones con convenio para el otorgamiento de distinción y estímulo por parte del Conacyt, no se acreditó el cumplimiento de las actividades consideradas en los planes de desarrollo y, en su caso, de los compromisos de inversión en infraestructura de investigación.

Respecto a los 127 convenios restantes, se detectó que en 18 instituciones privadas sólo se acordó la distinción a los investigadores, sin asignarles ningún estímulo económico, como lo establece la normativa.

En cuanto al pago a un investigador sancionado con cancelación de nombramiento y al que se le había retirado el estímulo económico, el informe reveló que el SNI informó que no se había aplicado la sanción al investigador y aunque solicitó el reembolso de los pagos improcedentes, aún no se había hecho.