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Comisiones del Senado avalan reforma para expedir Ley General de Extinción de Dominio

Se busca reformar el artículo 22 de la Constitución y expedir una Ley General sobre Extinción de Dominio

Escrito en NACIÓN el

Las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, de Justicia y de Estudios Legislativas del Senado aprobaron la minuta remitida por la Cámara de Diputados sobre el proyecto de decreto para reformar el artículo 22 de la Constitución y expedir una Ley General sobre Extinción de Dominio.

El objetivo es que exista homogeneidad en los tipos penales correspondientes, entre Federación y el ámbito local, acordes con los tratados internacionales y recomendaciones en la materia.

En el dictamen se lee cómo quedaría el artículo 22:

“No se considerará confiscación la aplicación de bienes de una persona cuando sea decretada para el pago de multas o impuestos, ni cuando la decrete la autoridad judicial para el pago de responsabilidad civil derivada de la comisión de un delito. Tampoco se considerará confiscación el decomiso que ordene la autoridad judicial de los bienes en caso de enriquecimiento ilícito en los términos del artículo 109, la aplicación a favor del Estado de bienes asegurados que causen abandono los términos de las disposiciones aplicables, ni de aquellos bienes cuyo dominio se declare extinto en sentencia.

“La acción de extinción de dominio se ejercitará por el Ministerio Público a través de un procedimiento jurisdiccional de naturaleza civil y autónomo del penal. Las autoridades competentes de los distintos órdenes de gobierno, le prestarán auxilio en el cumplimiento de esta función.

“Será procedente sobre bienes de carácter patrimonial cuya legítima procedencia no pueda acreditarse y se encuentren relacionados con las investigaciones derivadas de hechos de corrupción, encubrimiento, delitos cometidos por servidores públicos, delincuencia organizada, robo de vehículos, recursos de procedencia ilícita, delitos contra la salud, secuestro, trata de personas y delitos en materia de hidrocarburos petrolíferos y petroquímicos.

“A toda persona que se considere afectada, se le deberá garantizar el acceso a los medios de defensa adecuados para demostrar la procedencia legítima del bien sujeto al procedimiento”.

En la legislación actual se estipula la extinción de dominio para casos de delincuencia organizada, delitos contra la salud, secuestro, robo de vehículos, trata de personas y enriquecimiento ilícito.

En el proyecto se adiciona el decomiso por delitos de investigaciones derivadas de hechos de corrupción, encubrimiento, delitos cometidos por servidores públicos, robo de vehículos, recursos de procedencia ilícita y delitos en materia de hidrocarburos.

Este miércoles, senadores le anexaron delitos en materia de petrolíficos y petroquímicos.

AJ