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Cofepris emite alerta sanitaria por pastillas ADUL-T

El producto contra la disfunción eréctil ADUL-T, conocido como Black is the new blue no cuenta con registro sanitario

Escrito en NACIÓN el

La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) lanzó una alerta para que  la población no adquiera el producto  contra la disfunción eréctil ADUL-T, también conocido como “Black is the new blue”, ya que no cuenta con registro sanitario y representa un riesgo para la salud. 

La dependencia que encabeza Alejandro Svarch emitió una alerta sanitaria este jueves, tras detectar que el producto ADUL-T o tabletas negras no cuenta con registro sanitario, pero se publicita en canales de televisión y sitios web con la leyenda “Black is the New Blue”. 

“El producto es promocionado de manera irregular como solución para trastornos relacionados con la actividad sexual, tales como la disfunción eréctil o impotencia.

Al no contar con evidencia ni estudios que garanticen la seguridad, calidad o eficacia de este producto, Cofepris emite una alerta sanitaria por el riesgo para la salud que representa para cualquiera que lo consuma”, enfatizó. 

La Cofepris señaló que ADULT-T no deberá ser comercializado por ninguna vía, ni distribuido por servicios de paquetería o mensajería, ni tampoco podrá tener publicidad, ya que quienes realicen estas actividades podrán ser acreedores a sanciones administrativas que resulten procedentes por infringir la regulación sanitaria vigente.

Añadió que este producto tampoco se podrá publicitar como suplemento alimenticio, ya que no cumple con las condiciones establecidas por la legislación sanitaria para ser considerado como tal. 

La Comisión recomendó a la población no adquirir ni usar ADUL-T, consultar a un médico en caso de presentar algún padecimiento relacionado con la disfunción eréctil y en caso de ver este producto, realizar una denuncia sanitaria sobre su punto de venta o de publicidad, incluyendo en canales de televisión o sitios web. 

“Esta alerta sanitaria se emite considerando las violaciones al Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Publicidad, que indica que a los suplementos alimenticios no podrán atribuírseles cualidades preventivas, terapéuticas, rehabilitadoras, nutritivas, y/o estimulantes. Asimismo, el Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios indica que los suplementos alimenticios a los que se les incorporen sustancias con acción farmacológica no podrán comercializarse en territorio nacional”, destacó la Cofepris.





kach