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¿Cómo será el "home office" que aprobó el Senado?

Desde cómo es el dictamen que se aprobó, hasta los pasos que siguen para su implementación

Escrito en NACIÓN el

La Cámara de Senadores aprobó reformas a la Ley Federal del Trabajo para que las empresas implementen la modalidad de teletrabajo conocida como "home office".

En esta nota te decimos lo que tienes que saber sobre esta propuesta:

¿Qué es el ‘home office’ o teletrabajo?

La propuesta de decreto entiende como teletrabajo a “la forma de organización labora que consiste en el desempeño de actividades remuneradas, sin requerirse la presencia física del trabajador en un sitio específico de trabajo y utilizando como soporte las tecnologías de la información y la comunicación para el contacto entre el trabajador y empleador”.

Esta modalidad de trabajo supone una posición más cómoda o de ventaja para la persona trabajadora y le implica beneficios, comodidad y ahorro.

¿Qué se aprobó en el Senado?

Por unanimidad, con 115 votos a favor, en el Senado fueron avaladas este miércoles reformas para regular y promover el “teletrabajo”.

El proyecto de decreto fue presentado por la senadora Alejandra Reynoso Sánchez, del grupo parlamentario del PAN, el pasado 22 de octubre. La legisladora destacó que con las reformas se busca mejorar la productividad, el rendimiento y la calidad de vida de las y los trabajadores.

Las reformas del dictamen

El dictamen establece reformas al artículo 311 de la Ley Federal del Trabajo, como la adición del capítulo XII Bis, que consta de cuatro artículos:

El 330-A describe al teletrabajador como la persona que utiliza las tecnologías para realizar su trabajo sin presentarse de forma física en el lugar de trabajo.

El 330-B establece que el empleador deberá ofrecer al teletrabajador, por medio de un convenio, los medios tecnológicos, es decir, dispositivos, y condiciones de servicio y ambiente requeridos. Asimismo, el empleado tendrá la responsabilidad de cuidar los equipos o programas de manejo de información que le proporcionen.

El 330-C obliga al empleador a promover el equilibrio e igualdad en cuanto a remuneración, capacitación, seguridad social y otras condiciones.

El 330-D es sobre las obligaciones y responsabilidades que tendrá el empleador sobre la salud, seguridad y previsión de riesgos para el teletrabajador y deberán estar contenidas en una ley (misma que aún no se tiene) y que deberá garantizar el respeto a la intimidad y privacidad del empleado.

El 330-E instruye a las autoridades laborales a establecer una red nacional que incluya organizaciones sociales, privadas y públicas para dar asesoría, promoción y fomento al teletrabajo para jóvenes, mujeres, personas con discapacidad y adultos mayores.

Los pasos a seguir

Tras la aprobación de los senadores, el dictamen fue enviado a la Cámara de Diputados para su análisis y posterior votación. De aprobarse, será remitida al Ejecutivo federal para sus efectos constitucionales.

Posteriormente, el decreto sería publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y entrarían en vigor al día siguiente. En el año posterior, tendrán que establecerse los lineamientos para determinar los accidentes o enfermedades relacionados con el ejercicio del teletrabajo.

Las ventajas del teletrabajo

La Organización Internacional del Trabajo (OIT) dio a conocer en el informe “Trabajar en cualquier momento, en cualquier lugar” los beneficios que pueden tener las personas que trabajan desde casa, como es una mayor autonomía sobre el horario, menor tiempo de desplazamiento, aumentar la productividad, generar menores gastos personales y tener un mejor equilibrio entre la vida laboral y familiar.

En la propuesta, la senadora expuso que el trabajo a distancia también tendría beneficios en cuanto al medio ambiente, pues implicaría la reducción del uso de vehículos particulares.

cmo