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Claves para entender el Protocolo de Seguridad Sanitaria para volver

La Secretaría de Economía publicó este lunes los Lineamientos Técnicos de Seguridad Sanitaria en el Entorno Laboral

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En apego a la publicación en el Diario Oficial de la Federación del Acuerdo de la estrategia de reinicio de actividades, por parte de la Secretaría de Salud, este lunes la Secretaría de Economía, en coordinación con la Ssa, del Trabajo y Previsión Social; así como con el Instituto Mexicano del Seguro Social publica los Lineamientos de Seguridad Sanitaria en el Entorno Laboral, para el regreso conforme al modelo de semáforo de reapertura anunciado por el gobierno federal en torno al paso de la covid-19 en el país.

El documento oficial afirma que los Lineamientos Técnicos de Seguridad Sanitaria en el Entorno Laboral, contienen principios y estrategias sobre las medidas de promoción de la salud, de protección y cuidado de poblaciones vulnerables, que deben considerarse para la elaboración del Protocolo de Seguridad Sanitaria. Dichos Lineamientos servirán de obligada aplicación para las acciones y planes para el inicio de las actividades consideradas como esenciales de la industria de la construcción, la minería y la referente a la fabricación de equipo de transporte. Asimismo se constituirán en el referente del resto de las actividades esenciales en las áreas que les resulte de aplicación. 

A partir de este día, 18 de mayo, las empresas e industrias responderán el documento denominado “Autoevaluación del Protocolo de Seguridad Sanitaria”, que sintetiza dicho protocolo y que necesariamente bajo el acuerdo de buena voluntad debe basarse y tener su respaldo en dicho Protocolo, 

Para obtener la fórmula de la autoevaluación, se necesita entrar a la plataforma www.gob.mx/nuevanormalidad. Además deberán responderse los datos generales de identificación que dicha plataforma contenga y cumplimentar la Carta-Compromiso. En el caso de empresas multiplanta, se registrará cada planta en forma individual. 

Posteriormente, el IMSS emitirá un acuse de recibo vía electrónica y un resultado en un plazo no mayor a  72 horas. Las empresas recibirán notificación del IMSS vía correo electrónico sobre la aprobación, solicitud de ampliación de la información o denegación del protocolo de seguridad sanitaria a los efectos de poder iniciar o no, las actividades esenciales consideradas. 

En caso de que el IMSS solicite la ampliación de información, hará saber a las empresas e industrias que deberán ahondar en diferentes aspectos o la totalidad del Protocolo de Seguridad Sanitaria. En el supuesto de denegación de la autorización, las empresas podrán reiniciar el proceso aportando para su análisis el protocolo. 

El Seguro Social, asesorara y acompañará a las empresas y organizaciones en la aplicación de los presentes Lineamientos de Seguridad Sanitaria en el Entorno Laboral, se detalla. 

“La reapertura económica no implica que la epidemia esté superada. La autoridad determinará semanalmente el nivel estatal de alerta para que la autoridad sanitaria local tome las decisiones pertinentes en el ámbito socio-económico. La forma en que empresas y personas trabajadoras atiendan las recomendaciones sanitarias será determinante para mantener un nivel de alerta que permita una mayor actividad socio-económica”. se lee en el documento de la SE.


PRINCIPIOS RECTORES

Cada protocolo de las empresas, debe incluir los principios siguientes rectores: privilegiar la salud y la vida; solidaridad con todos y no discriminación; economía moral y eficiencia; y responsabilidad compartida (pública, privada y social).

ESTRATEGIAS

Asimismo, se implementarán estrategias de promoción de la salud para que los empleados apliquen medidas como el lavado de manos y la práctica de etiqueta respiratoria.

Entre las medidas de protección de la salud se incluye la sana distancia; un control de ingreso-egreso de personal a través de filtros sanitarios y demás acciones. 

Para la prevención de contagios en la empresa se propone:

1. Proveer dispensadores con soluciones a base de alcohol gel al 70% a libre disposición del personal en distintos puntos del centro de trabajo. 

2. Proveer productos sanitarios y de equipo de protección personal a las y las personas trabajadores, incluyendo cubrebocas, lentes protectores y/o caretas.

3. Contar con depósitos suficientes de productos desechables y de uso personal, procurando la limpieza continua de los mismos. 

4. Garantizar que los sanitarios cuenten con lavamanos y con condiciones adecuadas para la limpieza del personal (agua, jabón y toallas de papel desechable). 

5. Establecer un programa de limpieza y mantenimiento permanente del centro de trabajo y los lugares de labor, incluidos los destinados a los servicios de alimentos, de descanso y, en su caso de pernocta, utilizando los productos de limpieza adecuados para prevenir la propagación del virus.

6. Promover que las personas trabajadoras no compartan herramientas de trabajo y/u objetos personales.

7. En caso de ser posible, favorecer la ventilación natural en espacios comunes o de mayor concentración de personal, además de aquellas áreas de trabajo con gran afluencia de personal.

8. Revisar el funcionamiento de sistemas de extracción, en caso de contar con los mismos, además de dar mantenimiento y cambios de filtro para su correcto funcionamiento.

9. Señalizar en áreas comunes como baños, vestidores, casilleros, cafeterías, comedores y salas de juntas con marcas en el piso, paredes y/o mobiliario recordando la distancia mínima de 1.5 metros entre personas.

10. Establecer una política de control de visitas, proveedores y contratistas, con el fin de prevenir el riesgo de contagio originado en personas ajenas al centro de trabajo. 

11. Implementar una política para el uso de las escaleras manteniendo la sana distancia, evitando tocar superficies como barandales para el tránsito dentro del centro laboral; en caso de que por temas de salud o distancia exista la necesidad de hacer uso del elevador, deberá vigilarse el que no existan más de dos personas por metro cuadrado al interior de éste o el uso obligatorio de cubrebocas; la espera para abordar, deberá realizarse en forma de fila (1.5 metros de distancia entre personas) e higiene de manos inmediatamente después de tocar los botones del elevador (lavado de manos o higiene con solución con base de alcohol al 70%).

El equipo de protección personal que las empresas deberán distribuir entre el personal consta de tres cubrebocas, y un protector facial o lentes de seguridad 

PLAN PARA EL RETORNO

Estos son los pasos a seguir para definir la reactivación de actividades: 



 


Estas son las políticas temporales que se deberán implementar, conforme al semáforo de reapertura:

ZONAS DE ALERTA ALTA Y MEDIA

Entre las medidas a seguir por los centros de trabajo ubicados en alerta alta y media se destaca el priorizar el trabajo a distancia con el fin de evitar la asistencia al centro de trabajo y reducir el riesgo de contagio del personal en condición de vulnerabilidad.  

En caso de no ser posible hacer trabajo a distancia, los centros de trabajo deberán designar un comité o persona responsable de garantizar las siguientes medidas especiales: 

1. Identificar para cada departamento o área del centro de trabajo al personal en situación de vulnerabilidad. 

2. Cerciorarse que dicha población cuente con equipo de protección personal desechable y con soluciones a base de alcohol gel al 70% a disposición permanente. 

3. Verificar el establecimiento de medidas que resulten en una reducción de densidad humana en los espacios de trabajo, garantizando una distancia mínima efectiva entre las estaciones de trabajo de 1.5 metros. 

4. Permitir el ingreso en horarios diferentes al resto del personal, para evitar los horarios pico en el transporte público o en el transporte de personal. 

5. Establecer zonas exclusivas en área de alimentos, comedores y/o vestidores, para reducir el riesgo de exposición del personal en mayor riesgo. En caso de no ser posible establecer zonas exclusivas, se deberán establecer horarios diferenciados para reducir el riesgo de contagio del personal identificado como vulnerable.

CLASIFICACIÓN DEL RIESGO POR TIPO PERSONAL

Estas es la clasificación de los trabajadores y trabajadoras de acuerdo a su ocupación o condición de vulnerabilidad frente a la covid-19:







(djh)