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Cardenal Juan Sandoval Íñiguez violó separación Iglesia-Estado: TEPJF

El líder religioso difundió un video en sus redes sociales durante la veda en las pasadas elecciones llamando a no votar por Morena

Escrito en NACIÓN el

El cardenal emérito de Guadalajara, Juan Sandoval Íñiguez, transgredió el principio constitucional de separación entre la Iglesia y el Estado, la equidad e igualdad en contiendas electorales, así como la temporada de veda, en los comicios del pasado domingo 6 de junio, determinó la Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

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Los magistrados aprobaron, por unanimidad, dar vista a la Secretaría de Gobernación (Segob) para que determine las sanciones conducentes contra él y otros ministros de culto que también incurrieron en delitos electorales.

Morena denunció a Sandoval y a los ministros de culto Pedro Pablo Elizondo Cárdenas, Mario Ángel Flores Ramos, Ángel Espinosa de los Monteros y Carlos Aguiar Retes, por violaciones a la ley electoral.

Lo anterior por la difusión de videos en redes sociales en el contexto del reciente proceso electoral, con los cuales los sacerdotes señalados invitaron a la ciudadanía a reflexionar el sentido de su voto y solicitaron a los electores favorecer a candidaturas afines a los valores de la religión católica.

Los magistrados coincidieron en la actualización de la abierta violación a la separación de Iglesia y Estado y en que se transgredió la legislación que prohíbe expresamente a los ministros de culto pronunciarse a favor o en contra.

A juicio de la ponencia, se actualiza la eficacia refleja de la cosa juzgada respecto de las manifestaciones realizadas por el cardenal Juan Sandoval Íñiguez en el video difundido en Facebook el 1 de junio, debido al impacto que tuvo en la elección de los integrantes de la Cámara de Diputados", se estableció en el proyecto de la magistrada ponente, Gabriela Villafuerte

En el documento aprobado se propuso tener como acreditada la vulneración al principio de separación Iglesia-Estado y la equidad en la contienda por parte de Sandoval Íñiguez y de los otros ministros, que buscaron influir en el sentido del voto de la gente.

Sin embargo, a juicio de la ponencia, los ministros Pedro Pablo Elizondo Cárdenas, Mario Ángel Flores Ramos y Ángel Espinosa de los Monteros no transgredieron la veda electoral, pero se les hizo un llamado para que en lo subsecuente no realicen pronunciamientos políticos en tiempo de elecciones.

Para el magistrado Luis Espíndola no sólo debería darse vista a la Segob para que sancione al religioso conforme a la legislación que rige el comportamiento de las iglesias en México, sino también a la Fiscalía Especializada para la Atención de los Delitos Electorales, porque el pronunciamiento del ex cardenal violó la legislación electoral al pronunciarse abiertamente contra el voto por el partido en el poder.

LAS DENUNCIAS

El 5 junio pasado, Morena presentó una denuncia en contra del cardenal Juan Sandoval Íñiguez por la presunta emisión y difusión de manifestaciones con contenido político en etapa de veda electoral en la red social Facebook, lo que, a su juicio, representó la transgresión a los principios de equidad e igualdad en la contienda, así como el principio de laicidad.

El 14 de junio, Luis Ángel Solano Colín presentó otra queja contra el cardenal Sandoval Íñiguez, y los sacerdotes Pedro Pablo Elizondo Cárdenas, Mario Ángel Flores Ramos, Ángel Espinosa de los Monteros Gómez Haro y Carlos Aguiar Retes por la presunta emisión y difusión de manifestaciones a través de redes sociales que “vulneran el principio de separación iglesias-Estado, ya que presentaron llamados a votar contra Morena.

En el video que el cardenal Juan Sandoval Íñiguez publicó en su perfil de Facebook, pidió a la ciudadanía “no votar por los que están en el poder”, ya que esto representaría la llegada de una dictadura, de un sistema comunista que esclaviza.

El material se compartió en varios perfiles de Facebook y columnas periodísticas de internet durante los días de la veda electoral.

El mensaje del líder religioso es un claro llamamiento expreso para no votar por Morena y sufragar a favor de otras fuerzas políticas en plena veda electoral, lo que representa la vulneración a la equidad en la contienda

Al señalar que votar por Morena llevaría a “a quedar como está Venezuela, como está Cuba”, creó una situación de pánico en el imaginario colectivo porque usó estos países como ejemplos negativos.

Los otros sacerdotes, como el obispo de Chetumal-Cancún, Pedro Pablo Elizondo Cárdenas, grabó un mensaje para incitar a la población a reflexionar el sentido de su voto, para que el Estado no intervenga en la decisión de las personas y en la libertad religiosa. Dicho mensaje se transmitió por YouTube.

El sacerdote Mario Ángel Flores Ramos, expuso mediante un video, que la ciudadanía debía analizar el sentido del voto el 6 de junio y, además, cuestionar al actual gobierno federal, al referir que prometió y no cumplió sus promesas de campaña, que no sabe y no quiere escuchar, lo que se traduce en propaganda contra el gobierno federal en turno.

El sacerdote Ángel Espinosa de los Monteros Gómez Haro, en un video enTwitter, pidió a la ciudadanía que analizará el sentido de su voto, y que no se diera ni un solo voto al partido que tiene una cultura de la muerte y de la división.

El cardenal de la Arquidiócesis Primada de México, Carlos Aguiar Retes, pidió a los fieles católicos a salir a votar de manera razonada, y que el candidato por el que se decidieran a votar garantizara el derecho a la vida, a la familia estable, a la educación y a la libertad religiosa.

Todos los denunciados emitieron sus mensajes vestidos con sus sotanas o vestimentas que les caracterizan, utilizaron cintillos que los identifican como sacerdotes u obispos y en el fondo se advertían cruces o imágenes distintivas religiosas, e incluso se dirigieron a sus fieles feligreses, lo que vulneró los principios constitucionales

LA RESOLUCIÓN

Los magistrados de la Sala Especializada del TEPJF determinaron que son existentes las infracciones correspondientes a la transgresión a los principios constitucionales de separación iglesias-Estado, equidad e igualdad en la contienda, en contra de Juan Sandoval Iñiguez, Pedro Pablo Elizondo Cárdenas, Mario Ángel Flores Ramos, Ángel Espinosa de los Monteros Gómez Haro y Carlos Aguiar Retes

También es existente la infracción relativa a la vulneración a la veda electoral, atribuible a Juan Sandoval Iñiguez.

Pero son inexistentes las infracciones relativas a la vulneración a la veda electoral, atribuidas a Pedro Pablo Elizondo Cárdenas, Mario Ángel Flores Ramos, Ángel Espinosa de los Monteros Gómez Haro y Carlos Aguiar Retes.

“Una vez que se tenga conocimiento de la sanción que la Secretaria de Gobernación imponga a los involucrados, se deberá publicar la sentencia en la página de Internet de esta Sala Especializada, en el Catálogo de Sujetos Sancionados [partidos políticos y personas sancionadas] en los Procedimientos Especiales Sancionadores”.

 

 

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