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Barba y bigote en el trabajo, ¿sí o no en la nueva normalidad?

Desde el 1 de junio comenzó el retorno a la nueva normalidad; aquí los lineamientos que empresas y negocios deberán seguir en contra de la covid-19

Escrito en NACIÓN el

Para volver al trabajo en la llamada “nueva normalidad” tras la pandemia de covid-19 en el país, la Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STPS) actualizó los lineamiento técnicos para el regreso a las labores cotidianas, donde se elimina la prohibición del uso de barba y bigote

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Accesorios como joyas y corbatas durante el regreso, al contrario, permanecerán restringidos, al ser reservorios de virus y demás microorganismos.

La titular de la STPS, Luisa María Alcalde, informó sobre la actualización el pasado 29 de mayo, día en que fue publicada en Diario Oficial de la Federación (DOF). 

En la tabla 8 de dicho documento, en el punto 31, era donde aparecía la restricción al vello facial. 

Áreas de trabajo

Las empresas deberán delimitar una sana distancia mínima de 1.5 metros de los lugares de trabajo de los empleados, o bien, emplear barreras físicas.

En las cafeterías o comedores de las empresas la instalación de barreras físicas será necesaria para separar a los comensales. La distancia mínima también debe respetarse.

En adición, no se deberá compartir con los compañeros de trabajo el teléfono celular, utensilios de cocina equipo de protección, papelería y herramientas, entre otros.

Al ingreso y salida del centro de trabajo será indispensable registrar la temperatura corporal del personal. 

Se debe tener un filtro para el control de visitas, proveedores y contratistas, con el fin de prevenir el riesgo de contagio originado en personas ajenas al centro de trabajo.

Los centros de trabajo, por otro lado deben contar con un programa de salud física y mental referente a los cuidados de covid-19, con un protocolo para manejo de las personas trabajadoras sospechosas, contactos y confirmados.

¿Y si hay sospecha de covid?

En caso de detectar a trabajadores con signos de enfermedades respiratorias o temperatura corporal mayor a 37.5 grados, deberán contar con un área de estancia y aislamiento para trasladar al posible paciente covid. 

Ante la sospecha o confirmación de contagio con el nuevo coronavirus, el trabajador debe recibir un cubrebocas y ser llevado a su domicilio o a los servicios médicos correspondientes. 

Las empresas deben contar con un programa de reincorporación laboral de enfermos recuperados. 

También deben hacer promoción, prevención, atención y seguimiento de los estados de salud en la población trabajadora perteneciente a los grupos de riesgo ante la enfermedad. 

CDMX

Los Lineamientos para la Ejecución del Plan Gradual hacia la Nueva Normalidad publicados este sábado en la Gaceta Oficial capitalina, en la Ciudad de México el uso de cubrebocas será obligatorio.

Además se recomienda no tocarse la cara, ojos y boca; no llevar a cabo saludos que impliquen contacto físico y mantener la distancia de 1.5 metros entre personas; evitar el uso de joyería o corbata.

El documento del gobierno capitalino aconseja el uso de goggles o caretas para todas las personas en espacios públicos abiertos o cerrados; el uso de gel antibacterial y lavado de manos de manera frecuente.

Con la creación del Comité de Monitoreo de la Ciudad de México se dará seguimiento al Plan Gradual hacia la Nueva Normalidad en la CDMX con base en los indicadores de las autoridades sanitarias Federal y Local.

Una de las recomendaciones es el uso de transportes alternos, como el de la bicicleta para mantener la Sana Distancia en la mayor medida posible, por ello habrá facilidades para obtener un plan de ecobici anual y se implementarán nuevas vialidades para este medio de movilidad ciudadana.

El grupo de trabajo estará presidido por la jefa de gobierno, Claudia Sheinbaum e integrado por los titulares de las Secretarías de Gobierno; Salud, Administración y Finanzas, Consejería Jurídica y de Servicios Legales y Agencia Digital de Innovación Pública.

La reanudación de actividades conforme al semáforo epidemiológico establece que los empleadores o dueños de negocios deberán de contar con la autorización del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) a partir del 16 de junio de 2020.

Las empresas y establecimientos que reanuden actividades conforme al Semáforo tendrán la responsabilidad de establecer en los lineamientos, protocolos o reglas que al se emitan para cada sector económico y actividad, además de que deberán de fomentar el trabajo a distancia, y de manera obligatoria para personas vulnerables.

(djh)