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Así suben sueldos de AMLO y funcionarios federales en junio

Se publicó en el DOF el manual de percepciones para servidores públicos del gobierno

Escrito en NACIÓN el

El Diario Oficial de la Federación publicó esta mañana el acuerdo mediante el cual se expide el manual de percepciones para servidores públicos del gobierno y del cual quedan excluidos trabajadores contratados por honorarios. En resumen, hay aumento de sueldos mensuales. En el caso del presidente su sueldo bruto sube de 155,835.26 a 161,056.00 pesos.

El nuevo acuerdo publicado en el DOF

En secretarios de estado sube de 154,365.12 pesos a 159,536.00. Mientras que los subsecretarios o equivalente aumentó de 153,140.00 pesos a 158,270.00. Los sueldos por zona económica quedaron así; en la zona II sube de 5,996.00 a 6,253.00 pesos. Y en la zona III de 6,452.00 a 6,709.00 pesos.

Y agrega en un artículo transitorio: “La Secretaría emitirá las disposiciones específicas para incrementar del 1 al 3 por ciento los sueldos y salarios del personal que recibe una cantidad mensual menor a veinte mil pesos, una vez aplicadas las disposiciones fiscales, otorgando el mayor porcentaje al personal de menores ingresos”. Todas estas medidas serán aplicables a partir del primero de junio.

En cuanto a lineamientos generales este acuerdo reitera que nadie podrá tener un salario mayor al presidente y confirma (como en el decreto de 2018) que, en términos de aguinaldo, “o gratificación de fin de año que corresponda a los servidores públicos, se sujetará a los términos del decreto que emita para tales efectos el Ejecutivo Federal”.

El monto de ayuda para despensa también creció de 785 a 885 pesos mensuales.

El artículo 36 también registra cambios. Hoy establece que “se podrá otorgar un pago extraordinario por riesgo al personal militar de mando, en términos de lo establecido en el Presupuesto de Egresos y en las disposiciones específicas que emita la Secretaría y la Función Pública”. El anterior acuerdo establecía que este pago extraordinario era “a los servidores públicos que correspondan”.

El acuerdo anterior del DOF 

Al final del acuerdo el artículo cuatro transitorio se amplía, especificando que en el grupo “L” (equivalente a direcciones generales con un sueldo de 115,220.00 pesos) “no se podrán realizar procesos de contratación para la ocupación de plazas”. Y en su lugar serán ocupadas por plazas de un nivel menor “M” (direcciones de área o equivalente) cuyo sueldo es de 108,916.00 pesos. Y agrega que en el segundo semestre del año, estas plazas se encontrarán en proceso de transición para regresar al nivel “L” en 2021.

El acuerdo abre la puerta a emitir disposiciones secundarias. “La Secretaría De Hacienda y la Función Pública podrán emitir disposiciones que regulen, en forma complementaria, el otorgamiento de las percepciones ordinarias y, en su caso, extraordinarias de los tipos de personal a los que aplica el Manual… El Oficial Mayor, los Titulares de las UAF o equivalentes en las entidades y los directores generales de recursos humanos y financieros o equivalentes serán responsables de la aplicación del Manual”.

(Luis Ramos)