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Aquí podemos desaparecer poderes en estados, amaga Salgado Macedonio

El senador explicó que aunque nunca se ha dado la desaparición de poderes, no descarta que así sea

Escrito en NACIÓN el

El senador de Morena, Félix Salgado Macedonio, advirtió a los gobernadores que de no acatar las disposiciones legales por las que se crea la figura de los “super delegados” , el Senado podrá usar su facultad de dictar la desaparición de poderes en sus estados. 

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Ante las resistencias por la próxima designación de 32 delegados de programas integrales de desarrollo, reconocidos en la nueva Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, el legislador y ex presidente municipal de Acapulco, advirtió: “Aquí (en el Senado) es donde se discute, se analiza la viabilidad de nuestras leyes y que somos garantes del cumplimiento de ellas. Aquel gobernador que no se ajuste al lineamiento constitucional, desde aquí se puede dictar la desaparición de poderes, se los decimos para que lo sepan”. 

Tras la discusión y aprobación en el Senado de las reformas en la estructura gubernamental, Salgado Macedonio señaló que nunca en la historia política se ha dictado la desaparición de poderes, pero no descartó que ello suceda en caso de que los mandatarios estatales no se ajusten a la nueva ley. 

Nunca en la historia política se ha dado la desaparición de poderes en un estado donde hay mucha violencia, mucha corrupción y donde un gobernador no puede gobernar. Pero vamos a estar muy atentos a la actuación de los gobernadores.

Estás advertencias se dan en medio de una serie de declaraciones por parte de los opositores a Morena, para quienes la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal es centralista y atenta contra el federalismo del Estado Mexicano.

¿Qué es la desaparición de poderes? 

De acuerdo con la Carta Magna, la desaparición de poderes de un Estado procederá cuando los gobernadores quebranten los principios del régimen federal; abandonaren el ejercicio de sus funciones, a no ser que medie causa de fuerza mayor; impidan la plena vigencia del orden jurídico; prorroguen la permanencia en sus cargos más allá del período para el que fueron electos o adopten formas de gobierno y de organización política distintas de las fijadas en los artículos 40 y 115 de constitucionales. 

La Cámara de Senadores  tiene la facultad exclusiva para determinar qué se ha configurado la desaparición de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial de un Estado y hacer la declaratoria de que debe nombrarse un gobernador provisional.

vmff