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AMLO no debe promocionar revocación: Tribunal; presidente pide más casillas al INE

La Sala Superior confirma que el presidente de la República debe apegarse a las limitaciones constitucionales sobre la difusión de propaganda gubernamental

Escrito en NACIÓN el

El presidente Andrés Manuel López Obrador pidió al Consejo General del INE que incremente el número de casillas para la revocación de mandato. 

"Sin que se tome como una presión, sino en muy buenos términos, les solicitó que se reúnan y que se incremente el número de casillas y que acudan a mecanismos como el apoyo de autoridades estatales, locales, organismos electorales locales, organizaciones sociales, incluso organizaciones sindicales, empresariales, que podrían ayudar para que haya casillas suficientes".

  El INE determinó instalar un menor número de casillas debido al déficit del presupuesto para llevar a cabo el ejercicio electoral; señaló que solo cuenta con uno de cada tres pesos que se necesitan para ello. 

Sin embargo el presidente expuso que el mismo número de casillas que se instalaron en la Consulta Popular de 2021 se instalarán en la Revocación pero a un costo menor. 

En 2021 el ejercicio costó, según los datos del presidente, 8 millones 805 mil  pesos; este 2022 la Revocación costará 29 millones 692 pesos.

TRIBUNAL ELECTORAL CONFIRMA QUE AMLO NO DEBE PROMOCIONAR REVOCACIÓN DE MANDATO

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirma que, el presidente Andrés Manuel López Obrador debe abstenerse de promocionar el proceso de Revocación de Mandato.

En sesión privada y por unanimidad de votos de las y los presentes, el pleno de la Sala Superior del  TEPJF confirmó el acuerdo ACQyD-INE-13/2022 en el que la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) declaró procedente el dictado de medidas cautelares, en su vertiente de tutela preventiva, por lo que “se conminara al presidente de la República a apegarse a las limitaciones constitucionales sobre la difusión de propaganda gubernamental”.

A propuesta del magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera, el TEPJF confirmó la decisión del INE, debido a que se advirtió una conducta reiterada y sistemática por parte del presidente, consistente en utilizar esa herramienta de comunicación para difundir propaganda gubernamental, lo que constituye un elemento objetivo y razonable para estimar el temor fundado y riesgo inminente de que se repitiera la conducta en el periodo restringido.

Hay que recordar que, el pasado 4 de febrero, el Partido de la Revolución Democrática (PRD) denunció al presidente Andrés Manuel López Obrador, derivado de diversas expresiones en la conferencia matutina del 2 de febrero, al considerar que era promoción ilegal del proceso de Revocación de Mandato, que implicaban indebido uso de recursos públicos.

El PRD, bajo la figura de tutela preventiva, solicitó que se conminara al presidente de la República para que se apegue a las limitaciones constitucionales a las que está sujeto y no promocione el ejercicio de Revocación de Mandato en cualquiera de sus presentaciones públicas. El INE determinó procedente la medida cautelar solicitada.

El Titular del Ejecutivo, el Coordinador General de Comunicación Social, el Vocero del Gobierno de la República, el Director del Centro de Producción de Programas Informativos y Especiales, y el partido Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) interpusieron recursos de revisión del procedimiento especial sancionador para revisar el acuerdo del INE.