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AMLO impugna acuerdo del INE sobre resultados de revocación de mandato

El presidente asegura que el Instituto Nacional Electoral se extralimitó en sus funciones al incorporar cuestiones de carácter informativo ajenos al tema

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El presidente Andrés Manuel López Obrador impugnó ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) el acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE) sobre los resultados de la consulta de revocación de mandato, celebrada el 10 de abril.

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El escrito, presentado por la Consejería Jurídica el viernes 22 de abril, el jefe del Ejecutivo federal asegura que la autoridad electoral se extralimitó en sus funciones al incorporar cuestiones de carácter informativo ajenos al tema, lo cual violenta los principios de legalidad y certeza jurídica.

Dicho acuerdo del INE incluyó, entre otros puntos, un informe sobre las denuncias y quejas recibidas durante el proceso de revocación en contra de servidores públicos, incluyendo al mismo López Obrador, por presuntas violaciones al marco legal, así como el porcentaje de participación ciudadana, que fue del 17.6 por ciento.

Al respecto, la Consejería Jurídica argumenta que “dichos apartados no tienen fundamento alguno para ser incluidos en el acuerdo INE/CG202/2022, pues su única obligación es informar a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación los resultados del cómputo de votación y la declaratoria de resultados de los mismos”.

Nada guarda relación con el informe adicional de procedimientos sancionadores y medios de impugnación, lo cual contraviene el principio de legalidad, al no señalar el precepto normativo aplicable que le otorgue competencia a la responsable para pronunciarse al respecto y, menos aún, motiva de forma adecuada las razones para incluir los referidos apartados en el acuerdo impugnado

Por ello, solicita a la Sala Superior del TEPJF revocar los apartados que fueron incluidos en el acuerdo aprobado el pasado 11 de abril por el consejo general del INE.

El recurso de apelación interpuesto por el primer mandatario es similar al que promovió el Partido del Trabajo, mismo que será discutido por el órgano jurisdiccional en su sesión del próximo miércoles 27 de abril.

En su proyecto de resolución, el magistrado Reyes Rodríguez propone declarar infundado el recurso, toda vez que el INE actuó dentro del ámbito de sus atribuciones al incluir información contextual del proceso de revocación de mandato, ya que la utilizó para fundar y motivar la emisión del acuerdo.

Asimismo, señala que el hecho de que el Consejo General del INE haya incluido el porcentaje de participación ciudadana en la jornada de revocación de mandato no invade una atribución exclusiva de la Sala Superior, pues se trata de un dato numérico que necesariamente refleja los resultados obtenidos del proceso de cómputo que la autoridad administrativa debe de realizar.

 

 

 

 

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