JUSTICIA AL FINAL DEL TÚNEL

Historias de justicia: niegan compensación económica a viuda por casarse por bienes separados

Una mujer contrajo matrimonio bajo el régimen de separación de bienes y, durante años, se dedicó al cuidado del hogar y de su esposo; tras la muerte de éste, descubrió que la legislación vigente en la Ciudad de México no contempla la posibilidad de una compensación económica

Créditos: Pixabay / Ilustrativa
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Una mujer que perdió a su esposo en 2016 se encuentra en el centro de un debate jurídico que podría cambiar la forma en que se aplica la compensación económica en los matrimonios bajo el régimen de separación de bienes. Tras dedicar su vida al hogar, ahora enfrenta una batalla legal para que se reconozca su derecho a una compensación económica, pese a que su matrimonio terminó por fallecimiento y no por divorcio.

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La protagonista de esta historia contrajo matrimonio bajo el régimen de separación de bienes y, durante años, se dedicó al cuidado del hogar y de su esposo. Tras su muerte, descubrió que la legislación vigente en la Ciudad de México no contempla la posibilidad de una compensación para quienes enviudan en estas circunstancias, un derecho que sí se otorga en casos de divorcio y concubinato.

Al verse desprovista de medios económicos propios y sin una protección legal clara, la viuda inició un juicio ordinario civil en 2018 para exigir una compensación equivalente al 50% del valor de los bienes adquiridos durante el matrimonio. Sin embargo, las instancias judiciales fallaron en su contra, argumentando que la compensación solo procede en casos de divorcio.

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Un camino legal complicado

El caso escaló hasta la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) tras varias apelaciones y un juicio de amparo. La viuda alega que la negativa a concederle la compensación es una forma de discriminación basada en su estado civil, ya que coloca en una situación de desigualdad a quienes pierden a su pareja por fallecimiento en comparación con quienes se divorcian o terminan un concubinato.

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Su argumento principal radica en los principios de igualdad y no discriminación, consagrados en la Constitución y en tratados internacionales firmados por México. También sostiene que el derecho a la compensación busca reparar la desigualdad económica generada durante el matrimonio, sin importar la forma en que éste concluya.

La resolución de la SCJN

Tras un profundo análisis, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió revocar la sentencia anterior y devolver el caso al tribunal colegiado para que emita una nueva resolución. La SCJN determinó que existe la posibilidad de reclamar la compensación dentro del juicio sucesorio testamentario, siempre y cuando la parte actora pueda demostrar su derecho a esta prestación.

El fallo se emitió con una mayoría de cuatro votos a favor y uno en contra. La Ministra Norma Lucía Piña Hernández emitió un voto concurrente, al igual que los Ministros Juan Luis González Alcántara Carrancá (ponente) y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena. En contra votó el Ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, quien se reservó su derecho a formular un voto particular.

Este fallo abre la posibilidad de que, en futuras resoluciones, las viudas que se encuentren en una situación similar puedan reclamar una compensación económica y que la ley se interprete con una perspectiva de equidad y justicia social.