La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estableció un precedente crucial en materia de seguros y protección al consumidor. El caso involucra a la viuda de un ciclista atropellado en una carretera federal, quien demandó a la aseguradora de su esposo para exigir el cumplimiento de la póliza contratada. Su lucha incluyó la reclamación de indemnización por daños patrimoniales, gastos funerarios y daño moral.
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Tras el accidente ocurrido el 9 de febrero de 2018, la aseguradora negó el pago de la indemnización por daño moral argumentando que dicha cobertura no estaba explícitamente incluida en el contrato. La viuda, heredera y albacea del fallecido, inició un juicio oral mercantil en Hermosillo, Sonora, bajo el expediente correspondiente. Sin embargo, el tribunal declaró infundadas sus reclamaciones y absolvió a la aseguradora.
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Ante esta negativa, la demandante promovió un juicio de amparo directo. Aunque el Segundo Tribunal Colegiado concedió el amparo parcial, determinó que el daño moral debía reclamarse en un juicio civil separado, dejando a la viuda en un estado de indefensión y obligándola a iniciar un nuevo proceso.
La intervención de la SCJN
La Primera Sala de la SCJN tomó el caso tras el recurso de revisión promovido por la viuda. En su análisis, los ministros concluyeron que el tribunal colegiado violó el derecho a la tutela judicial efectiva, garantizado en el artículo 17 de la Constitución. Además, destacaron que la interpretación de las cláusulas ambiguas del contrato de seguro no debe perjudicar a los consumidores, quienes son la parte más vulnerable en este tipo de relaciones.
Decisiones y precedentes
El fallo de la SCJN revocó la sentencia anterior y ordenó al tribunal inferior emitir un nuevo fallo conforme a los principios de justicia y equidad. Entre las conclusiones destacadas, se determinó lo siguiente:
- Las aseguradoras no pueden utilizar cláusulas ambiguas para excluir la compensación por daño moral.
- Los contratos de seguros deben interpretarse de manera favorable al consumidor, conforme a los derechos humanos a la justa indemnización y protección al consumidor.
- Se reafirmó que los daños patrimoniales y morales pueden demandarse conjuntamente, ya sea por responsabilidad contractual o extracontractual.
Un Mensaje Claro: Justicia y Protección al Consumidor
Este caso marca un hito en la defensa de los derechos del consumidor y establece lineamientos claros para la industria aseguradora. Al evitar que las compañías utilicen cláusulas ambiguas como pretexto para negar indemnizaciones, la SCJN envió un mensaje contundente: la justicia debe ser accesible y eficaz, y el daño moral importa, resaltó el abogado José Mario, presidente de la asociación Perteneces, a través de su cuenta de X.
La decisión también resalta la obligación de las aseguradoras de ofrecer coberturas claras y completas, protegiendo a los usuarios de seguros de prácticas abusivas. Además, pone énfasis en la necesidad de interpretar las leyes y contratos a la luz de los derechos humanos, fortaleciendo la protección a las víctimas y sus familias.
Este fallo no solo representa una victoria para la viuda que buscaba justicia, sino también un avance significativo para todos los consumidores en México. Con esta decisión, la SCJN establece un precedente que obliga a las aseguradoras a actuar con transparencia y responsabilidad, garantizando que las víctimas reciban las compensaciones justas que les corresponden sin enfrentar procesos interminables o injustos. El caso también reafirma el compromiso del sistema judicial con la protección de los derechos fundamentales, ofreciendo esperanza y seguridad a quienes más lo necesitan.