La mayoría de Morena y aliados que aprobó la reforma judicial en la madrugada de este miércoles dispuso que los jueces y magistrados, así como los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que decidan no participar o no ganen las elecciones en que compitan, sean compensados con una liquidación.
De acuerdo con el dictamen aprobado que ya se envió a la Cámara de Diputados, los recursos para pagar la liquidación de los jueces y juezas saldrán de los fideicomisos del Poder Judicial, que el gobierno y Morena han reclamado desde octubre de 2023, cuando reformaron la ley de ese órgano para disponer de al menos 20 mil millones de pesos.
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En ese momento, el Poder Judicial informó que esos fideicomisos se usan para pagar obligaciones patronales tanto laborales como de seguridad social: pensión, vivienda, cobertura de salud y retiro.
Las personas juzgadoras que declinen de participar en el proceso de elección o no logren los votos necesarios recibirán un pago de tres meses de salario y 20 días por año laborado, así como las otras prestaciones a que tengan derecho, señala la reserva presentada por el morenista Arturo Ávila, que fue aceptada por la mayoría.
REFORMA JUDICIAL A DEBATE - SIGUE LA COBERTURA COMPLETA
Lo recursos de esas liquidaciones “serán cubiertas con los recursos federales a que se refiere el párrafo siguiente al momento de su retiro”, señala la disposición.
La reforma judicial que el presidente Andrés Manuel López Obrador dio a conocer el 5 de febrero fue recibida en la Cámara de Senadores con algunas modificaciones de forma, como la utilización del término “juezas”, y otras de fondo como la creación de jueces sin rostro.
En el dictamen de la reforma que se discutió la tarde del martes 3 y madrugada del 4 de septiembre se aprobaron sólo tres reservas: una de la diputada Magdalena Núñez del PT para instituir el lenguaje inclusivo.
La otra reserva aprobada, del legislador del Partido Verde Jesús Martín Cuanalo que permitirá a jueces y magistrados de circuito Distrito en funciones y que no sean electos ejercer la profesión de abogado en el circuito judicial (estado) en el que trabajaron. La minuta original establecía que los jueces y magistrados que no fueran electos deberían ejercer su profesión de abogados en otro circuito para no incurrir en conflicto de interés.