DÍAS DE DESCANSO OBLIGATORIO

Jornada laboral: ¿Qué pasa si trabajo el 24 o 25 de diciembre del 2024?

La Ley Federal del Trabajo regula las relaciones laborales y protege los derechos de los trabajadores, garantiza los salarios justos, así como las condiciones de seguridad, jornadas laborales, aquí te contamos qué pasa si trabajas estos días

La Ley Federal del Trbajo indica que pasa si acudes a trabajar en días de Descanso Obligatorio
La Ley Federal del Trbajo indica que pasa si acudes a trabajar en días de Descanso ObligatorioCréditos: LSR/iStock
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En México las y los trabajadores bajo un esquema formal tienen derechos que son dictados por la Ley Federal del Trabajo (LFT), entre los cuales destacan los días de Descanso Obligatorio, es decir, los días feriados son aquellos que no son laborables y se consideran como Descanso Obligatorio, por lo cual aquí te contamos qué pasa si trabajas el 24 o 25 de diciembre.

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En este sentido, es preciso recordar que en la República Mexicana como en varios países del mundo los días 24 y 25 de diciembre se celebran Nochebuena y Navidad, respectivamente, por lo cual de acuerdo con el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, el 25 de diciembre es día de Descanso Obligatorio

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Asimismo, la LFT establece los derechos y obligaciones de trabajadores y empleadores, con el propósito de garantizar condiciones justas y equitativas en el ámbito laboral, además de proteger los derechos fundamentales de los trabajadores.

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No obstante, el día 24 de diciembre no se distingue como día de Descanso Obligatorio ante la Ley Federal del Trabajo, la cual es el marco jurídico que regula las relaciones laborales en México. 

Foto Ilustrativa: iStock

¿Qué pasa si voy a trabajar los días 24 y 25 de diciembre?

De entrada, debes saber que la Ley Federal del Trabajo regula las relaciones laborales y protege los derechos de los trabajadores, garantiza los salarios justos, así como las condiciones de seguridad, jornadas laborales y las prestaciones obligatorias que deben dar los empleadores. Aunado a esto, de acuerdo con el artículo 74 de la LFT, el 25 de diciembre sí es un día de Descanso Obligatorio.

En tanto, si vas a trabajar el 25 de diciembre deberás ser remunerado con tu salario normal más el doble de ese día trabajado. “Las personas trabajadoras que deban presentarse a laborar de manera habitual tendrán derecho a recibir independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado, es decir, un salario triple”, informó la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo.

¿Cuáles son las prestaciones de ley que deben ofrecer los empleadores?

Según la LFT, todos los trabajadores deben tener un contrato de prestación de servicios con el patrón, su jornada laboral debe ser de máximo 8 horas para el turno diurno y de 7 horas para el nocturno, además deben ofrecer las siguientes prestaciones:

  • Vacaciones (mínimo 12 días al primer año trabajado, incrementando con la antigüedad).
  • Aguinaldo (mínimo 15 días de salario por año trabajado).
  • Prima vacacional
  • Utilidades 
  • Seguro social

BV