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INE sanciona con medio millón de pesos a Morena y desecha sanción por #EsClaudia

La Comisión determinó como improcedente la medida cautelar respecto del retiro de los anuncios espectaculares alusivos al #EsClaudia

Créditos: LaSillaRota
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La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral determinó como improcedente la medida cautelar respecto del retiro de los anuncios espectaculares alusivos al #EsClaudia en distintas entidades de la República, ya que se está en presencia de actos consumados de forma irreparable, lo anterior porque de la inspección realizada a las direcciones denunciadas, se pudo advertir que actualmente ya no se encuentran los medios publicitarios.

Con respecto a la solicitud de que Claudia Sheinbaum realice un deslinde público en el que solicite que los espectaculares sean retirados, la Comisión concluyó que no se considera necesario, oportuno o adecuado un nuevo llamado en el presente procedimiento, ya que con anterioridad se había recibió un comunicado firmado por la citada servidora pública, en el cual se deslinda de la colocación de anuncios espectaculares con la leyenda #EsClaudia.

La "libran" también Ebrard y Augusto López

La Comisión no otorgó las medidas cautelares solicitadas por Rodrigo Antonio Pérez Roldán en contra de Marcelo Ebrard Casaubon, secretario de Relaciones Exteriores; Bertha Alicia Caraveo Camarena, Senadora por la LXIV Legislatura; Teresita de Jesús Vargas Meraz y Daniel Murguía Lardizábal, así como diversos alcaldes de Chihuahua, derivado de la presunta celebración y asistencia al evento denominado “Instalación del Comité Estatal Chihuahua MORENA Progresista”.

Si bien se tiene certeza de la celebración del próximo Proceso Electoral Federal en 2024 que dará inicio hasta el mes de septiembre del presente año hasta el momento no ha comenzado alguna de sus etapas, por lo que no se advierte la urgencia o peligro en la demora que justifique la medida cautelar para retirar las publicaciones en redes sociales y medios informativos del evento.

De igual forma, se declaró improcedente la petición de medidas cautelares derivadas de la contratación, difusión y/o tolerancia de su aparición en anuncios espectaculares de Adán Augusto López Hernández, secretario de Gobernación, en los que se aprecia la imagen y nombre en los municipios de Veracruz y Boca del Río.

La Comisión consideró que se trata de actos consumados, ya que se advierte que la publicidad denunciada no se encuentra visible, por lo que se está frente a actos consumados de manera irreparable.

En este mismo sentido, la Comisión determinó la improcedencia en lo que respecta a las publicaciones en redes sociales relacionadas con los espectaculares denunciados, pues se advierte que se tratan de perfiles ajenos al denunciado, por ello, bajo la apariencia del buen derecho, están amparadas en la libertad de expresión y para su consulta es necesario un acto de voluntad.

Multa de medio millón de pesos a Morena

El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) impuso una sanción global al partido Morena por 551 mil pesos, por diversas irregularidades encontradas en la revisión de los informes de ingresos y gastos de precampaña al cargo de Senaduría, correspondiente al Proceso Electoral Federal Extraordinario 2022-2023 en el estado de Tamaulipas.

Adicionalmente, determinó sancionar a los ciudadanos José Francisco Chavira Martínez y Mario Alberto López Hernández con la pérdida del derecho a ser registrados como candidatos o, en su caso, la cancelación del registro por no presentar sus informes de precampaña.

El presidente de la Comisión de Fiscalización, Jaime Rivera Velázquez, subrayó que, si bien no se registraron precandidaturas por ninguno de los partidos políticos, se detectaron actividades que implican gastos y, por lo tanto, se emitieron oficios de errores y omisiones para que pudieran aclararlos.

Agregó que Morena, aunque emitió una convocatoria para la selección de su candidatura, no registró precandidaturas, es así que personas que buscaban la candidatura de este partido realizaron diversas actividades para obtenerla, lo que se considera como actos de precampaña; sin embargo, el partido no los había inscrito como tal en el Registro Nacional de Candidatos.

Incluso, destacó Rivera, “uno de los precandidatos presentó su informe de gastos al partido, pero éste ya no pudo registrar estos gastos en el apartado correspondiente del Sistema Integral de Fiscalización (SIF), dado que no había registrado ninguna precandidatura y es por esta omisión de presentar un informe de esos gastos se imponen las sanciones correspondientes”.

DJC