PRISIÓN PREVENTIVA OFICIOSA

Reconoce Yasmín Esquivel Mossa a las y los juzgadores del país

Los aproximadamente mil 500 juzgadoras y juzgadores en México, emiten más de 1 millón de sentencias en promedio al año, destacó la ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dejó en suspenso el lunes 5 de septiembre la validez o invalidez de la prisión preventiva oficiosa, en discusión por el proyecto del ministro Luis María Aguilar Morales, en el que se propone invalidar el artículo 167, párrafo séptimo, del Código Nacional de Procedimientos Penales, y el artículo 19, párrafo segundo, de la Constitución.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dejó en suspenso el lunes 5 de septiembre la validez o invalidez de la prisión preventiva oficiosa, en discusión por el proyecto del ministro Luis María Aguilar Morales, en el que se propone invalidar el artículo 167, párrafo séptimo, del Código Nacional de Procedimientos Penales, y el artículo 19, párrafo segundo, de la Constitución.Créditos: Cuartoscuro
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La ministra Yasmín Esquivel Mossa, reconoció la gran tarea de hacer realidad un nuevo sistema penal acusatorio, que han emprendido las personas juzgadoras en todo el país, sistema que ha otorgado mayores garantías de defensa a las personas acusadas por la probable comisión de un delito, y un mayor grado de reparación a las víctimas; en el marco de la discusión sobre la constitucionalidad de la prisión preventiva oficiosa en el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Esquivel Mossa destacó, a través de un comunicado, que los aproximadamente mil 500 juzgadoras y juzgadores en México, jueces y magistrados federales, emiten en su conjunto más de 1 millón de sentencias en promedio al año, y lo hacen con dedicación, valentía, independencia, prudencia y empeño, para que la justicia llegue a muchos hogares mexicanos.

“Han sido servidores públicos que se han preocupado y ocupado en prepararse de forma permanente en diversas áreas del conocimiento jurídico, lo que se traduce en una importante cantidad de jurisprudencias, tesis y sentencias, que revelan un profundo conocimiento en distintas materias, a ellos mi reconocimiento a su labor”, dijo la ministra.

¿En qué va la discusión sobre la prisión preventiva oficiosa en la Corte?

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dejó en suspenso el lunes 5 de septiembre la validez o invalidez de la prisión preventiva oficiosa, en discusión por el proyecto del ministro Luis María Aguilar Morales, en el que se propone invalidar el artículo 167, párrafo séptimo, del Código Nacional de Procedimientos Penales, y el artículo 19, párrafo segundo, de la Constitución.

Ambos documentos fueron publicados a través decretos presidenciales, el 19 de febrero de 2019 y del 12 abril de ese mismo año, en materia de prisión preventiva oficiosa. El análisis y votación está a un voto de rechazar el proyecto de eliminar prisión preventiva oficiosa.

El martes 6, a petición del Ministro Luis María Aguilar Morales, la validez o invalidez de la prisión oficiosa, será votada hasta el próximo jueves. El ministro ponente que propone la invalidez de la prisión oficiosa, dijo que analizará los cuestionamientos de cada uno de los ministros para modificarlo, retirarlo o votarlo.

Hasta el momento, siete ministros se han mostrado por mantener firme la prisión oficiosa, aunque algunos de ellos, se pronunciaron por analizar los motivos por los que se impone.

Durante la discusión cada uno de los ministros dio a conocer su postura sobre el tema. Algunos de ellos, se mostraron a favor de no invalidarla, a través de modificaciones a la Constitución, ya que esa es una atribución que no le corresponde a los ministros.

Por el contrario, el Ministro Presidente de la SCJN, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, aseguró que no se propone invalidar preceptos de la Carta Magna, sino realizar una interpretación de lo que menciona para modificarla en beneficio de las personas. Al exponer sus motivos para eliminar la prisión oficiosa, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, mencionó que este tipo de prisión atenta contra los derechos humanos de las personas, incluidos en el Artículo 1 de la Constitución.

En diciembre de 2018, conviene recordar, el Senado avaló la reforma –que pasó a la Cámara de Diputados– con la que se amplió el catálogo de delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa. Esa reforma modificó el artículo 19 de la Constitución.

Fueron 91 votos a favor y 18 en contra los que avalaron la reforma; más tarde, en 2020, el mismo número de senadores modificó las leyes secundarias en materia de delitos sexuales, electorales, robo al transporte, de hidrocarburos y posesión ilegal de armas.

 

(djh)