LEYES EN MÉXICO

Corte deja para el jueves análisis sobre prisión preventiva oficiosa

El 40% de las más de 200 mil personas en prisión, se encuentran presos por la aplicación de la prisión preventiva oficiosa

La SCJN inició el análisis de las acciones de inconstitucionalidad presentadas por la CNDH e integrantes del Senado contra la prisión preventiva oficiosa.
La SCJN inició el análisis de las acciones de inconstitucionalidad presentadas por la CNDH e integrantes del Senado contra la prisión preventiva oficiosa.Créditos: Pixabay.
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación dejó en suspenso el análisis del proyecto de inconstitucionalidad presentadas por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) y senadores contra la prisión preventiva oficiosa.

Durante la sesión de este martes, solo cuatro de los 11 ministros mostraron sus posturas sobre el análisis del documento propuesto por el ministro Luis María Aguilar Morales. La sesión continuará el próximo jueves con la exposición de los siete integrantes del Pleno, entre ellos, el ministro presidente de la SCJN, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea.

Luis María Aguilar Morales, Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, inició la presentación del proyecto.

Durante la exposición mencionó que el 40% de las más de 200 mil personas en prisión, se encuentran presos por la aplicación de la prisión oficiosa. Esa medida no les permite defenderse.

Aguilar Morales explicó que, ese tipo de medida es necesaria y no se busca eliminarla, sólo que se debe de aplicar a partir de manea excepcional, en caso de que se acrediten pruebas incluidas en el artículo 19, sin necesidad de que el Ministerio Público lo pida. 

"El juez debe analizar pruebas y sustentar las evidencias, pues sólo las conductas más dañinas ameritan este tipo de medida". 

Hay que recordar que, los legisladores no tienen la facultad de ameritar este tipo de prisión, sólo la Constitución.

"Contrabando, defraudación, delitos fiscales, no pueden ser considerados como “seguridad nacional”. Este tipo de delitos busca perseguir a un enemigo del Estado”, señaló. 

"La seguridad nacional no se debe aplicar a este tipo de delitos. No hay razón alguna para afirmar que un tópico hacendario es de seguridad nacional", agregó. 

Cabe destacar que, el proyecto no significa la desaparición de este tipo de prisión, mucho menos la liberación de las personas sujetas por estos delitos.

Los imputados deben de solicitar una revisión a sus casos para definir si la prisión preventiva se debe mantener, revocarse o modificarse.