GUACAMAYA LEAKS

Guacamaya Leaks: Sedena pidió a Zaldívar “suavizar” a jueces por delitos de militares

El Ejército ha cabildeado las sentencias que reciben sus elementos, cuando cometen un delito en contra de civiles

Son cabildeados en reuniones con la Corte
Crímenes contra civiles.Son cabildeados en reuniones con la CorteCréditos: Cuartoscuro
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Cuando incomodan las sentencias de jueces y tribunales o la aplicación de leyes civiles al Ejército, la Fiscalía General de Justicia Militar (FGJM) no titubea en cabildear para suavizar las determinaciones o modificar los códigos penales en beneficio de sus elementos a través de reuniones con el Ministro Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y del Consejo de la Judicatura Federal (CJF), Arturo Zaldívar Lelo de Larrea.

Por lo menos, eso dejan al descubierto las comunicaciones incluidas en los más de 4 millones de correos de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), obtenidos por los hacktivistas de Guacamaya. Los correos detallan los encuentros entre mandos de la FGJM con Zaldívar Lelo de Larrea para ayudar a militares.

Los temas de las reuniones, incluidos en archivos adjuntos titulados como: “Reunión en el marco de un desayuno con el Ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, Presidente de la S.C.J.N. y del Consejo de la Judicatura Federal”, describen los puntos a analizar entre ambas partes.

Entre ellos, de acuerdo con la base de datos obtenida por los hacktivistas de Guacamaya, se incluyen sentencias de hasta 264 años de prisión contra cuatro militares culpables de la sustracción de su domicilio y asesinato de siete civiles el julio de 2015 en Calera, Zacatecas.

También, investigaciones contra los militares Bernabé Lucas Rosas, Luis Flores Rosado, Omar Abad Ramírez, Rusbel Lazcano Chan, Jaqueline Rojas Quijano y Nallely Sánchez Rodríguez por el homicidio de Jessica Estrella Silva Zamarripa y las lesiones de su esposo Jaime Torres, el 8 de septiembre de 2020 en la carretera de Delicias a la Presa “Rosetilla”, municipio de Delicias, Chihuahua.

En este caso en particular, la FGJM propuso a Zaldívar Lelo de Larrea “advierta la violación a los derechos humanos de los indiciados, toda vez que, aun cuando no se tienen datos probatorios suficientes (no es posible identificar el calibre de la ojiva que privó de la vida a la víctima), les dictó auto de vinculación a proceso; asimismo, un oficial y cuatro de tropa están recluidos por un delito que no amerita prisión oficiosa”.

Otros temas discutidos entre la Fiscalía General de Justicia Militar (FGJM) y el Ministro Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, sonsensibilizar a los jueces de control para permitir a los militares realizar revisiones sin contar con la orden de un juez o por considerar “flagrancia” de un posible ilícito. Uno más es permitir el inicio de procesos penales en contra de elementos de la Guardia Nacional, exclusivamente en juzgados militares.

Caso Calera

De acuerdo con los documentos obtenidos por los hacktivistas de Guacamaya, en una de las reuniones efectuadas en mayo de 2021, se dialogó sobre la sentencia del 30 de octubre de 2019 emitida por un Tribunal Unitario en Zacatecas.

Por los delitos contra la administración de justicia, desaparición forzada de personas y homicidio calificado, el Tribunal ratificó la condena contra el Coronel de Infantería Martín Pérez Reséndiz y Capitán 2/o de Infantería, José Manuel Castañeda Hernández, (212 años de prisión a cada uno de ellos).

También contra el Teniente de infantería, Víctor Manuel González Alderete (259 años); así como al Subteniente de Infantería (264 años). Además, el Tribunal ordenó “destitución e inhabilitación para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos por un plazo de cinco años y tres meses”.

El archivo adjunto, enviado por el Mayor de Justicia Militar, Alfredo García Borja a un enlace del Ministro Presidente de la SCJN y del CJF, argumenta pruebas sin sustento contra los cuatro militares.

“Hecho material: son acusados (sin pruebas fehacientes) de que el día 7 julio de 2015, sustrajeron a siete civiles de un domicilio ubicado en Calera, Zacatecas, y haber subido a tres de ellos a una camioneta y a otros cuatro, a otra camioneta, para posteriormente ultimarlos de un disparo en la cabeza y abandonarlos en dos lugares distintos. Inicialmente los inculpados fueron defendidos por defensores particulares de un despacho de fiscalistas, por lo que, en la etapa de pruebas, no se ofrecieron pruebas contundentes de descargo, lo que propició que se dictara la referida sentencia condenatoria”.

El documento detalla los amparos promovidos por la defensa de los cuatro militares, entre ellos uno presentado en un Tribunal Colegiado, el cual determinaría la situación jurídica de los elementos de la Sedena.

“10 agosto,2020, el actual Defensor Particular de los sentenciados promovió demanda de amparo directo por conducto del tribunal unitario que emitió la sentencia que constituye el acto reclamado. Conocerá del juicio de amparo el Primer Tribunal Colegiado del Tercer Circuito, con sede en Zacatecas”.

En el archivo adjunto se propone al Ministro Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo de la Judicatura Federal, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, considerar supuestas violaciones a los derechos humanos de los militares para otorgarles un amparo que les permita reponer el juicio.

“Se solicite al C. Pdte. de la S.C.J.N., que el Magistrado Ponente advierta que se violentaron los derechos humanos de los sentenciados relativos a la debida defensa y les otorgue el amparo y protección de la Justicia Federal, cuando menos, para el efecto de que se reponga el procedimiento y se dé la oportunidad a los sentenciados de contar con una adecuada defensa. Nota:    El 1 junio de 2021, el defensor particular y un General de la U.A.J., se entrevistarán con el Magistrado González Pico, para plantearle las inconsistencias que se advierten en la sentencia”.

Impunidad para la Guardia Nacional

El segundo tema abordado entre autoridades de la Fiscalía General de Justicia Militar y el Ministro Presidente de la Suprema Corte de Justicia y del Consejo de la Judicatura Federal, Arturo Zaldívar, es permitir exclusivamente el inicio de procesos penales en el fuero militar contra elementos de la Sedena adscritos a la Guardia Nacional por delitos incluidos (sin especificar parámetros) en leyes militares.

El argumento de la Fiscalía General de Justicia Militar para aprobar la petición son las leyes civiles, las cuales no permiten la aplicación de la justicia militar conforme a sus lineamientos.

“Que los delitos de carácter militar que cometan los miembros de las Fuerzas Armadas comisionados en la Guardia Nacional, sean juzgados por los Tribunales Militares. Exponer que de conformidad con la Ley de la Guardia Nacional, el personal militar y naval asignado a la Guardia Nacional, está sujeto al fuero civil, situación que constituye un problema de disciplina militar, que se resolvería si los delitos de índole militar que cometieran en su comisión, sigan siendo juzgados por los Tribunales Militares. El personal militar y naval que se encuentra prestando servicios en la Guardia Nacional, lo hace en cumplimiento a una orden superior recibida en la Fuerza Armada de Origen; por lo que, si bien es cierto que están funcionalmente separados de su institución armada de origen, no han dejado de ostentar personalidad militar”.

Según la FGJM, al no ser procesados los elementos en el fuero civil, permitirá a los “tribunales militares continúen juzgando a sus elementos, permitirá que las penas sean ejemplificativas para el resto de los integrantes de las Fuerzas Armadas, adscritos a la Guardia Nacional, buscando preservar la cohesión y efecto disuasivo hacia el interior de las Instituciones, para inhibir la comisión de delitos que transgredan la disciplina marcial,  y consecuentemente la disciplina que deben observar como miembros de la Guardia Nacional”.

Revisiones sin control para militares

En otro de los correos, fechado en febrero de 2022, el tema principal de la reunión fue: “determinaciones de Jueces de Control, al calificar de ilegal una detención, por no encontrar sospecha razonable por la cual detener y revisar a imputados”.

Según la Fiscalía General de Justicia Militar, el motivo del encuentro con Arturo Zaldívar fue permitir a los elementos de la Secretaría de la Defensa Nacional revisiones sin contar con orden judicial, solo con el argumento de considerar que hay un posible delito.

“Exponer que con motivo del incremento en la participación de personal del Ejército y/o Guardia Nacional, ante el decidido movimiento de integrantes de la Delincuencia Organizada y los señalamientos anónimos por parte de la Sociedad, ocasionalmente es necesaria la revisión de vehículos sin investigación criminal en curso, sin flagrancia, pero con las circunstancias de encontrarse en lugares con alta incidencia delictiva, logrando el hallazgo de enervantes o armas de fuego y en consecuencia el aseguramiento de las personas que los portan o poseen; sin embargo, obtienen su libertad por supuestos errores u omisiones durante la detención., por inexistencia de “sospecha razonada”.

Al aprobarse la petición, la Fiscalía General de Justicia Militar consideró que el cambio permitiría a sus elementos “dar seguridad, para que atento a los escenarios delictivos donde se encuentra desempeñando sus servicios, pueda inferir que tripulantes de vehículos pueden estar transportando armas de fuego y/o algún tipo de enervante; ello sin que esté en curso una investigación criminal o un delito flagrante”.

“Se sensibilicen los criterios de los Jueces de Control, considerando que la facultad de inspección es discrecional, no arbitraria porque el personal militar se apega al principio de legalidad; es decir, las detenciones así logradas se apegan a la “sospecha razonable”, al ser motivadas por la reflexión que hace el militar aprehensor por la incidencia delictiva”.

Sentencias contra militares exclusivas de la FGJM

Uno de los últimos temas, y de los más sensibles analizados por la Fiscalía General de Justicia Militar y Arturo Zaldívar, es permitir a la Sedena interponer amparos en juicios civiles en beneficio de militares. Esto les permitiría aplicar sanciones de acuerdo con sus leyes, lo que llevaría a anular los fallos de jueces y tribunales civiles en el país.

“Tema propuesto por la F.G.J.M. Juez de Amparo considera al Agente del Ministerio Público Militar, autoridad responsable ejecutora de un auto de vinculación a proceso, pronunciado por el Juez Militar de Control”.

“Se sensibilicen los criterios de los Jueces de Amparo, para que, en términos de lo dispuesto en la Ley de Amparo, concedan la calidad de tercero interesado al Agente del Ministerio Público Militar que formula imputación donde se vincula a proceso a un militar. Considerando que, como tercero interesado, puede interponer los recursos, ofrecer y rendir pruebas, alegar en las audiencias, solicitar su suspensión o diferimiento y realizar cualquier acto que resulte ser necesario.

El documento también menciona: conseguir que el Agente del Ministerio Público Militar, en los Juicios de Amparo contra determinaciones de los Jueces Militares de Control, tengan calidad legal para defender la subsistencia de las determinaciones judiciales de interés para la salvaguarda de la disciplina militar.