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Expediente Clínico, electrónico o tradicional, propiedad del paciente

El derecho a la salud y a la confidencialidad son prioridad ya que el paciente entrega datos sensibles y privados a un médico y un hospital para su expediente

Escrito en NACIÓN el

Los datos e información médica de un paciente almacenados en su Expediente Clínico Electrónico (o expediente médico tradicional), le pertenecen a él y no al hospital en que se atiende, afirmó Patricia Kurczyn, comisionada del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales durante su ponencia en el Foro “Expediente clínico Electrónico (ECE avances y agenda pendiente”, organizado por Sumedico.com, plataforma digital especializada propiedad de LA SILLA ROTA.

Este es uno de las quejas más comunes de quienes a través del INAI, solicitan acceso a su expediente médico, precisó la funcionaria, y precisó que una cadena de hospitales ya fue multada con cinco millones de pesos por este hecho. El derecho a la salud y a la confidencialidad, dijo, son prioridad en este tema ya que el paciente entrega datos sensibles y privados a un médico y un hospital para la elaboración de su expediente. Pero, agregó, en caso de que él desee consultarlo y se le niegue el acceso a su propia información puede interponer una queja.

“Y el hospital debe entregar el expediente médico del solicitante. Si el paciente al revisarlo detecta datos erróneos también puede solicitar su corrección”, explicó.

Los datos más recientes del INAI refieren que de octubre 2018 a septiembre 2019 el acceso a su expediente médico, fue uno de los temas más solicitados vía transparencia. El informe enlista: representó el 14% de las solicitudes dirigidas al IMSS, 69.6% al ISSSTE, 67.3 % al Hospital Regional de Alta Especialidad de Ixtapaluca y 96.3% al Instituto Nacional de Cardiología. Kurczyn también destacó que un hospital sí puede hacer uso de la información médica general de los pacientes específicamente para elaborar bases de datos útiles en análisis de temas, por ejemplo, obesidad o diabetes. Pero eso no significa la inclusión de datos sensibles.

Si bien una de las principales ventajas del ECE es la rapidez de su portabilidad y envío de datos e historias clínicas a médicos (sea de un punto de la ciudad a otro, de una entidad a otra, o de un país a otro) en beneficio del tratamiento del paciente, la comisionada del INAI señaló que este tema es más amplio por lo que debe ser estudiado y analizado a mayor profundidad en cuanto a la protección de la información que contenga “porque debe resguardarse y cuidar el robo de datos, desafortunadamente no hay una armonización entre la protección de datos de instituciones gubernamentales y privadas”.

Por otro lado, aseguró que el INAI también ha sancionado a tiendas y cadenas departamentales que descuidaron las bases de datos de sus clientes. “Además de la cadena de hospitales, sancionamos a un banco con una multa de 35 millones de pesos; éste acudió al Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA)para protegerse, se amparó y el tema llegó a la Suprema Corte de Justicia que finalmente nos dio la razón. Finalmente, la multa que el banco terminó pagando creció de 35 a 38 mdp”.

Patricia Kurczyn agregó que, en total, el INAI ha emitido multas por 400 mdp, aunque no todos los afectados las han pagado por interponer recursos ante el TFJA con el fin de evitarlas. De ahí que, sugirió, los legisladores deban tomar cartas en el asunto en beneficio de la transparencia y el correcto uso de bases de datos que incluyen información sensible de los mexicanos. “Debo precisar que el dinero de estas multas no va al INAI, sino al Sistema de Administración Tributaria SAT, por lo que considero válido proponer que un porcentaje de estas multas llegue al Instituto para promover y difundir la protección de los datos personales y el derecho a la información”.