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Militarización a rango constitucional (III)

Sedena se niega a informar sobre el número de elementos capacitados en el sistema penal acusatorio. | Adolfo Gómez Vives

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Escrito en OPINIÓN el

En memoria de Zinar Corzo Esquinca, defensor de derechos humanos, cobardemente asesinado en el estado de Chiapas


La Ley de Seguridad Interior fue declarada inválida en su totalidad por sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en noviembre del año pasado. En su artículo 9 señalaba que la información que se generara con motivo de su aplicación sería considerada “de seguridad nacional” es decir, reservada.

La Ley de Seguridad Interior fue diseñada para responder a la lógica castrense de actuar con opacidad en temas delicados como la violación de derechos humanos por parte de sus elementos; no respondía a la necesidad de contar con una norma que limitara su inconstitucional actuación frente a un hecho extraordinario como lo es el combate a la delincuencia organizada.

Por eso, la opacidad propuesta por dicha ley fue motivo de rechazo por organizaciones dedicadas a la defensa de los derechos humanos. Y por lo mismo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) la declaró totalmente inválida.

Las fuerzas armadas se llevan mal con la transparencia

El principio de máxima publicidad les genera conflicto. Puede entenderse que algunas informaciones que poseen sean clasificadas como reservadas en razón de que comprometen la seguridad nacional, pero no todas. Se abusa de dicho concepto al pretender reservar información como el gasto que implica un desfile militar o las estadísticas de homicidios intencionales cometidos por sus elementos o la denominación de las materias que se imparten en el instituto armado.

Su actuar, como el de los demás servidores públicos, está delimitado por la Constitución, los tratados internacionales y las leyes. El Ejército Mexicano debe obedecer al principio de legalidad jurídica. No puede ser de otro modo.

Por eso no se entiende que, frente a una solicitud de información relativa al número de cursos impartidos a los elementos del Ejército Mexicano respecto del sistema penal acusatorio adversarial, la respuesta sea una resolución de reserva que corresponde a otra solicitud de información referente a las materias que se imparten en los planteles militares, que tampoco se entiende por qué debería reservarse.

¿En qué medida saber que cursan una materia denominada Materiales de Guerra o Transmisiones atenta contra la Seguridad Nacional? La actuación militar en el combate a la delincuencia organizada debe ser transparente. El Ejército está obligado a rendir cuentas de su actuación.

El fin de año, elementos del Ejército Mexicano dispararon a mansalva contra dos mujeres jóvenes en el cruce de la calle Nuevo León y Avenida Guerrero, en Nuevo Laredo, Tamaulipas.

Una de ellas recibió un balazo en la espalda. La otra fue detenida e interrogada y luego puesta en libertad ante la falta de elementos para retenerla. A ambas les quitaron sus teléfonos celulares. Estos mismos elementos resguardaron el Hospital General de Zona Solidaridad, a donde fue conducida la joven herida.

El hecho constituye el delito de homicidio en grado de tentativa. Por eso se presentó denuncia contra los elementos castrenses ante la Procuraduría General de la República (PGR) y ante la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).

La actuación de los militares es un claro ejemplo de que no alcanzan a comprender el principio de presunción de inocencia y que su lógica es matar, a pesar de que la pena de muerte está expresamente prohibida en el artículo 22 constitucional.

Por eso, el conocer de su grado de capacitación en relación a un sistema penal que les es ajeno resulta de la mayor relevancia. Es un tema de interés público que adquiere especial significación en un momento en que el presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador justifica el reclutamiento de jóvenes para la Guardia Nacional —jurídicamente inexistente— con el preocupante argumento de que “así lo ameritan las circunstancias”.

El propio presidente de la República ignora el principio de legalidad cuando anuncia el reclutamiento de jóvenes para laborar en una institución inexistente y cuya creación implica no sólo la generación de una ley orgánica, sino una reforma constitucional que el presidente da por hecha, sin considerar cómo la votarán las legislaturas de los estados, amén de que su obcecación con el tema de la Guardia Nacional contradice uno de sus principales compromisos de campaña, respecto de “sacar al Ejército de las calles”.

A la solicitud de información 0000700224018, el coronel Juan Carlos Quiroz Muñoz, suplente del titular de la Unidad de Transparencia de la Secretaría de la Defensa Nacional respondió con las ligas a sendas solicitudes de información que no tienen relación con los requerimientos planteados, relativos al número de cursos impartidos a la Policía Militar, particularmente los referentes a Derechos Humanos y Sistema Penal Acusatorio Adversarial; la identidad de las instituciones que impartieron dichos cursos; la duración de cada uno de ellos; el número de elementos capacitados y el costo unitario y total de dichos cursos.

La misma solicitud formulada a la Secretaría de Marina-Armada de México dio como resultado el saber que sólo 120 de sus elementos han sido capacitados en el sistema penal acusatorio; 41 de ellos por el Instituto Nacional de Ciencias Penales (Inacipe) durante dos meses y 79 por el “Centro de Capacitación Naval Operativa del Pacífico”, en un curso de 12 días.

PF ha capacitado a casi 27 mil elementos en el sistema penal acusatorio

La Policía Federal, por su parte, mediante solicitud de información 0413100136718 señaló que han realizado mil 37 eventos de capacitación y se ha logrado instruir a 26 mil 931 elementos en lo relativo al sistema penal acusatorio; en dichos eventos han participado la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, la Procuraduría General de la República, la Secretaría de Relaciones Exteriores, el Comité Internacional de la Cruz Roja, la Policía Nacional de Ecuador, el Grupo de Alto Nivel de Seguridad (Ganseg), y la propia Policía Federal.

La testarudez del presidente de la República en lo relativo al reclutamiento de jóvenes para trabajar en la Guardia Nacional resulta en un atentado contra el principio de legalidad jurídica que parece no importarle cuando se justifica diciendo que “así lo ameritan las circunstancias”.

La militarización disfrazada de Guardia Nacional, en un contexto en el que el Ejército Mexicano no está preparado para enfrentar un sistema penal que desconoce y actúa con opacidad en sus acciones, constituye un escenario muy delicado que en modo alguno puede tener resultados positivos.

El 16 y 17 de enero se celebrará un periodo extraordinario de sesiones para discutir la reforma constitucional que dará paso a la creación de la Guardia Nacional. Ojalá que los legisladores entiendan que el mando de dicha institución no debe, por ningún motivo, recaer en la Secretaría de la Defensa Nacional, a menos que lo que en el fondo estén buscando sea una militarización disfrazada, con consecuencias desastrosas para el futuro del país.

Militarización a rango constitucional (II)

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