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Ya tiene su primer artículo la Constitución de la CDMX

El primer artículo de la Constitución local –avalado en sesión pública, con el voto de 74 legisladores constituyentes; 18 en contra y una abstención- está conformado por 8 numerales

Escrito en METRÓPOLI el

CIUDAD DE MÉXICO (La Silla Rota)- A 10 meses de que empezó a ser delineada, la futura Constitución de la Ciudad de México ya cuenta con su primer artículo.

 

El artículo 1 de la primera Carta Magna capitalina quedó firme este lunes, tras ser aprobado por mayoría calificada de votos del Pleno de la Asamblea Constituyente, al iniciar la discusión del dictamen del proyecto de Constitución correspondiente a Principios Generales.

 

Ese y los otros 7 dictámenes que conforman el proyecto de Constitución local fueron elaborados por las diferentes comisiones que integran la Asamblea Constituyente instalada el pasado 15 de septiembre.

 

Pero desde mediados de febrero, el grupo de expertos convocado por el jefe de Gobierno, Miguel Ángel Mancera, trabajó en la redacción del borrador en que se basaron los constituyentes capitalinos para sus respectivos dictámenes.

 

El primer artículo de la Constitución local –avalado en sesión pública, con el voto de 74 legisladores constituyentes; 18 en contra y una abstención-  está conformado por 8 numerales.

 

El numeral 1 refiere que la Ciudad de México es una entidad integrante de la Federación, sede de los poderes de la Unión y capital de los Estados Unidos Mexicanos.

 

“En la Ciudad la soberanía reside esencial y originariamente en el pueblo, quien la ejerce por conducto de sus poderes públicos y las figuras de democracia directa y participativa, a fin de preservar, ampliar, proteger y garantizar los derechos humanos y el desarrollo integral y progresivo de la sociedad. Todo poder público dimana del pueblo y se instituye para beneficio de éste”, establece el numeral 2.

 

En tanto, en el numeral 3 se indica que la ciudad adopta para su gobierno la forma republicana, democrática, representativa, laica y popular, bajo un sistema de división de poderes, pluralismo político y participación social.

 

“La Ciudad es libre y autónoma en todo lo concerniente a su régimen interior y a su organización política y administrativa”, precisa el numeral 4.

 

En el numeral 5 se destaca que las autoridades de la Ciudad ejercen las facultades que les otorga la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, todas aquellas que ésta no concede expresamente a los funcionarios federales y las previstas en esta constitución.

 

El numeral 6 establece que para la construcción del futuro la ciudad impulsa la sociedad del conocimiento, la educación integral e inclusiva, la investigación científica, la innovación tecnológica y la difusión del saber.

 

“La sustentabilidad de la Ciudad exige eficiencia en el uso del territorio, así como en la gestión de bienes públicos, infraestructura, servicios y equipamiento. De ello depende su competitividad, productividad y prosperidad”, expone el numeral 7.

 

Y en el 8 se indica que el territorio de la ciudad es el que actualmente tiene de conformidad con el artículo 44 de la Constitución federal, y sus límites geográficos son los fijados por los decretos del 15 y 17 de diciembre de 1898 expedidos por el Congreso de la Unión.

 

Previo a la aprobación del artículo 1 de la Constitución capitalina, 3 asambleístas defendieron la propuesta desde la tribuna: Dolores Padierna, Santiago Creel y Eduardo Escobedo, mientras que los morenistas Jaime Cárdenas y Bernardo Bátiz, se pronunciaron en contra.

 

Cárdenas y Bátiz expresaron su rechazo al artículo, al considerar que no se incluye el concepto de soberanía de la Ciudad, lo cual lo hace deficiente, y al momento de la votación fueron respaldados por los legisladores de la bancada de Morena.

mlr